La pensión esa de 200 euros, podrá solicitarse al Juzgado mediante abogado y procurador que se suba o se baje a instancia de cualquiera de las dos partes (padre o madre) en función de que hayan cambiado las circunstacias personales y económicas tanto del que paga (padre) la pensión como del que la recibe (hijo).
Son circunstancias que pueden hacer posible solicitar una bajada de la pensión, por ejemplo, si el padre antes estaba trabajando y ahora no (ahora sólo cobra el paro), y también el hecho de que tenga una nueva carga familiar que antes no tenía (una nueva hija con la que convive).
Son circunstancias que pueden hacer posible solicitar una subida de la pensión, por ejemplo, si ahora el padre está casado en régimen de gananciales, y esos gananciales a fecha de hoy son lo suficientemente importantes, económicamente hablando, como para poder hablar de un cambio significativo en las circunstancias personales y económicas del padre que pudieran implicar una mejoría de su situación económica y, por lo tanto, una posible subida de la pensión que paga.
Debes sopesar unas circunstancias y otras, ver si se compensan unas con otras, o ver si realmente haya una mejoría o un empeoramiento de la situación personal y económica del padre que puediere conllevar una subida o una bajada de la pensión.
Saludos cordiales de Álex desde Huelva.