Estudiando Derecho de familia en el Manual de Carlos Lasarte, pag.53-54 me he encontrado con este interesante caso en que a una florista gitana, viuda, con 6 hijos, casada por el rito gitano, le es denegada su pensión de viudedad dado que tal forma matrimonial, a juicio del TC "no es una forma reconocida legalmente" y que el caso no supone discriminación por origen étnico. El Tribunal de Derechos Humanos de Strasburgo condena al Estado español a reconocerle la pensión e indemnizar con 70.000 euros a la afectada. No sé si sera repost, pero en el buscador de esta web no aparece.
Aquí tenéis la sentencia:
No puedes ver los enlaces.
Register or
Login