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Autor Tema: perlita de derechos humanos  (Leído 1127 veces)

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Desconectado Tortus

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perlita de derechos humanos
« en: 29 de Marzo de 2010, 18:07:57 pm »
La asignatura deja muxo mar para navegar y se me ocurre..
los derechos humanos¿podemos considerar que forman un ordenamiento juridico aparte (natural) o son simples valores y principios que informan a nuestro ordenamiento juridico positivo?


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Re: perlita de derechos humanos
« Respuesta #1 en: 29 de Marzo de 2010, 18:26:04 pm »
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La asignatura deja muxo mar para navegar y se me ocurre..
los derechos humanos¿podemos considerar que forman un ordenamiento juridico aparte (natural) o son simples valores y principios que informan a nuestro ordenamiento juridico positivo?

Hola Tortus:

Si se considera que el Ordenamiento jurídico de un Estado es el conjunto de normas por las cuales se rigen, no puede nunca ser un ordenamiento aparte, sino parte de ese único Ordenamiento jurídico.

Por ejemplo, sería el acervo comunitario un Ordenamiento jurídico aparte del nuestro, indudablemente no, pues las normas emanadas por las distintas instituciones comunitarias se integran en nuestro OJ, pero sigue siendo un único OJ para cada Estado miembro. Por el contrario, el acervo comunitario sería un OJ en todo lo demás, pues son las normas por las que se rige la Unión.

Ahora bien, sí considero los Derechos humanos como ínsito en el ser humano.

Por último, indicarte que los Derechos humanos no son solo principios y valores, sino que también son ius cogens (vid. DUDH, etc.).

Salvo mejor opinión.

Saludos,



Desconectado Tortus

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Re: perlita de derechos humanos
« Respuesta #2 en: 29 de Marzo de 2010, 18:53:49 pm »
Muchas gracias Ius.
De todas formas ese debate de si constituía un ordenamiento jurídico aparte..
¿en otras etapas históricas lo ha habido,no?

Desconectado Ius-Uned

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Re: perlita de derechos humanos
« Respuesta #3 en: 29 de Marzo de 2010, 18:59:24 pm »
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Muchas gracias Ius.
De todas formas ese debate de si constituía un ordenamiento jurídico aparte..
¿en otras etapas históricas lo ha habido,no?

Lo siento, pero no puedo decirte si en otras etapas ha habido dos ordenamientos jurídicos para un solo Estado.

Saludos,


Desconectado Gem-Mas

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Re: perlita de derechos humanos
« Respuesta #4 en: 29 de Marzo de 2010, 19:42:59 pm »
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[Si se considera que el Ordenamiento jurídico de un Estado es el conjunto de normas por las cuales se rigen, no puede nunca ser un ordenamiento aparte, sino parte de ese único Ordenamiento jurídico.
Por ejemplo, sería el acervo comunitario un Ordenamiento jurídico aparte del nuestro, indudablemente no, pues las normas emanadas por las distintas instituciones comunitarias se integran en nuestro OJ, pero sigue siendo un único OJ para cada Estado miembro. Por el contrario, el acervo comunitario sería un OJ en todo lo demás, pues son las normas por las que se rige la Unión.
Ahora bien, sí considero los Derechos humanos como ínsito en el ser humano.
Por último, indicarte que los Derechos humanos no son solo principios y valores, sino que también son ius cogens (vid. DUDH, etc.).
Salvo mejor opinión.
Saludos,
Perdón por la intromisión.
La cuestión es ¿los derechos humanos son en sí mismos parte del Ordenamiento Jurídico, o lo son solo "porque" están reconocidos expresamente en el derecho positivo? ¿son naturales, o son culturales?
¡Cuántas dudas!
Saludos

Desconectado Ius-Uned

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Re: perlita de derechos humanos
« Respuesta #5 en: 30 de Marzo de 2010, 00:08:02 am »
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[Si se considera que el Ordenamiento jurídico de un Estado es el conjunto de normas por las cuales se rigen, no puede nunca ser un ordenamiento aparte, sino parte de ese único Ordenamiento jurídico.
Por ejemplo, sería el acervo comunitario un Ordenamiento jurídico aparte del nuestro, indudablemente no, pues las normas emanadas por las distintas instituciones comunitarias se integran en nuestro OJ, pero sigue siendo un único OJ para cada Estado miembro. Por el contrario, el acervo comunitario sería un OJ en todo lo demás, pues son las normas por las que se rige la Unión.
Ahora bien, sí considero los Derechos humanos como ínsito en el ser humano.
Por último, indicarte que los Derechos humanos no son solo principios y valores, sino que también son ius cogens (vid. DUDH, etc.).
Salvo mejor opinión.
Saludos,
Perdón por la intromisión.
La cuestión es ¿los derechos humanos son en sí mismos parte del Ordenamiento Jurídico, o lo son solo "porque" están reconocidos expresamente en el derecho positivo? ¿son naturales, o son culturales?
¡Cuántas dudas!
Saludos

El iusnaturalismo pasa de la idea de un derecho derivado de la divinidad, a la de un derecho deducido de la naturaleza humana. Es decir, un conjunto de principios de justicia con validez universal que pueden ser deducidos racionalmente, pero que, además, confirman que el derecho positivo que no cumpla con tales principios no puede calificarse derecho. Para el iusnaturalista es la supremacía y preexistencia del Derecho natural ante el positivo, y que el derecho positivo debe ser fiel reflejo del derecho natural.

Y qué es el Derecho positivo, conjunto de normas dictadas por la autoridad competente, siguiendo los procedimientos establecidos para la creación y validación de las normas jurídicas en una nación y momento determinado.

Deducidas estas cuestiones, se plantea el problema de que si ¿los derechos humanos son en sí mismos parte del OJ, o lo son solo porque están reconocidos expresamente en el derecho positivo?

Sin entrar en filosofía ni en la sociología del derecho, de forma egoísta: los Derecho humanos son derecho positivo porque el legislador quiere que así sean.

Desde mi punto de vista, como ya he dicho ut supra, los Derecho humanos son ínsito en el ser humano, no por ninguna divinidad sino por el simple hecho de ser persona humana que merece el mismo trato que uno mismo quiere para sí mismo (v. gr. el respeto a la vida humana).

Saludos,