Entiendo que las compañias aéreas únicamente están obligadas a reembolsar el billete de avión, ya que se trata de un hecho "fortuito" en todo caso impredecible y extraño a la compañia aérea, las cuales también han sufrido pérdidas millonarias.
Distinto sería el tema de los seguros de cancelación, que como sabemos todos hemos contratado alguna vez. De hecho en mi caso particular, he adquirido para este verano un billete de avión con el "típico" seguro de cancelación, que me incluye únicamente los llamados casos de fuerza mayor.
Entiendo que si para esas fechas mi vuelo es cancelado por la famosa "crisis del volcán" el seguro me cubriría dicha causa, por tratarse entiendo de un hecho imprevisible e inevitable no imputable en este caso a mi persona.