Pero ya sabes que son impugnables los acuerdos y decisiones que consten en acta si son contrarios a la Ley, y que el ordenamiento jurídico establece un procedimiento de impugnación
Ni eso Joaquingm

Ni eso.
Llevo desde el 2003 con una demanda de Impugnación de Acuerdos Sociales y la Sentencia sólo decía que los demás propietarios no tenían derecho a impugnar porque "según el Acta" habían votado "si" a todo en la Junta (hasta que se dieron cuenta del rollo), y a mí no "constaba mi representación de mi madre" aunque era por un Poder General Notarial y una carta enviada firmada por correo certificado autorizándome a asistir y votar a esta reunión y hasta especificando la fecha. Y, al final, resulta que él se arrojaba la representación del Arquitecto para un apartamento, sin nada por escrito!
Y en la segunda reunión se dividió un voto en dos, compartiéndolo con su novia!! Algún día, haré una película jurídica sobre esas reuniones de Comunidades de Propietarios y sus tácticas.
Y lo de que me toca ser Presidente tampoco (porque no soy propietaria) pero en la famosa Junta de Constitución, yo sugería que fuera yo Secretaria o Administradora, pero ni siquiera nos dejaba votar sobre eso!! Decía que era innecesario! Se auto-nombró Presidente/Secretario/Administrador

¿Cuántos títulos lleva ahora? Constructor/Promotor/Presidente/Secretario/Administrado
¿Ves? Tanto poder corrompe.