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Autor Tema: caracter retroactivo  (Leído 3453 veces)

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Desconectado guilo

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caracter retroactivo
« en: 23 de Mayo de 2010, 11:53:01 am »
Con la nueva ley de tráfico que entrará en vigor el día 25 del presente los que esten siendo sancionados  ¿se podrían acoger a la nueva reducción del 50 % si la pagan cuando entre en vigor? ?seria posible acogerse a la retroactividad favorable al reo?


Desconectado palangana

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Re: caracter retroactivo
« Respuesta #1 en: 23 de Mayo de 2010, 12:08:58 pm »
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Con la nueva ley de tráfico que entrará en vigor el día 25 del presente los que esten siendo sancionados  ¿se podrían acoger a la nueva reducción del 50 % si la pagan cuando entre en vigor? ?seria posible acogerse a la retroactividad favorable al reo?

Sí lo dice la nueva norma que entrará en vigor, sí; y si no lo dice, pues supongo que no.
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Desconectado juanga

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Re: caracter retroactivo
« Respuesta #2 en: 23 de Mayo de 2010, 12:58:19 pm »
 Estoy contigo, PALANGANA, pues sino sería un coladero para aquellas sanciones que se hubiesen cometido y practicado el correspondiente expediente sancionador con imposicion de multa y que ahora por -arte de magia- pudieran acogerse a un beneficio a favor de los mismos.

 Será a partir del dia 25 ,. y asi que ya sabemos, a conducir con precaucion ya que esa reforma se prevé por los diarios que hablan de ella que tiene caracter recaudador, pero que al fin y al cabo redundará en la seguridad vial , que es lo que nos interesa.
 saludos.

Desconectado Drop

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Re: caracter retroactivo
« Respuesta #3 en: 23 de Mayo de 2010, 13:04:46 pm »
Bueno, no creo que sea posible hablar de "reos" en cuestiones administrativas.

Intentar utilizar la norma retroactivamente no sería posible... una deducción del 50% por pronto pago, es cierto, pero es que resulta que las multas han subido.  No parece muy fácil acogerse a la retroactividad, pero no al nuevo valor.

(Habrá que ver lo que diga la norma, claro.)
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Desconectado maras_57

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Re: caracter retroactivo
« Respuesta #4 en: 23 de Mayo de 2010, 14:38:41 pm »
Quizás esté un poco confundida, pero en derecho sancionador no es retroactiva la norma favorable? Es decir, cuando es más beneficiosa para el sancionado?? Por lo que si no entiendo mal se aplicaría a aquellos cuyan infracciones se cometieran antes de la entrada en vigor..., no?
  Si estoy confundida escucho lo que me digan, siempre es bueno aprener. Saludos!

Desconectado palangana

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Re: caracter retroactivo
« Respuesta #5 en: 23 de Mayo de 2010, 16:24:05 pm »
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Quizás esté un poco confundida, pero en derecho sancionador no es retroactiva la norma favorable? Es decir, cuando es más beneficiosa para el sancionado?? Por lo que si no entiendo mal se aplicaría a aquellos cuyan infracciones se cometieran antes de la entrada en vigor..., no?
  Si estoy confundida escucho lo que me digan, siempre es bueno aprener. Saludos!

No es que estés confundida, a mi entender, sino que has interpretado que una norma general (que se deducen de los arts 9 y 25 de la CE 78, CC Y CP 95) se aplica en todo caso, y no es así. Por eso, hay que esperar a la íntegra publicación de la nueva norma, para ver qué determina respecto al ámbito de aplicación temporal.

En materia sancionadora, la retroactividad está prohibida por disposiciones constitucionales (y civiles y penales) cuando sean perjudiciales, desfavorables o restrictivas de derechos individuales (eso es la norma general). Luego está la excepción de aquellas disposiciones que sean favorables (que sí podría determianarse retroactividad), pero se han de tener en cuenta previamente una serie de circunstancias, tanto en materia sancionadora como en materia de reconocimiento de derechos. En este caso, habría que estar a lo que indique la nueva norma que entra en vigor, y entender que previamente se consideraron cuestiones como no perjuicios para terceros, la conveniencia, o en materia de efectos de actos admnistrativos que el derecho a que se retrotae ya existiese, por decir un ejemplo.

Pero en términos generales es lo que dices. Un saludo.

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