Eliseo para querellarse no es perceptivo abogado de oficio, basta con la denuncia en el Juzgado de Instrucción, la Policía o ante el Ministerio Fiscal. La asistencia jurídica es gratuita para defenderse en penal, también para otras cuestiones en todos los órdenes jurisdiccionales si se le acepta la solicitud por carecer de medios suficientes, también para asesoramiento, reducción del coste de tasas de algunos registros oficiales etc... pero no para lo que dices, esa función digamos que de cierto modo recae sobre el Ministerio Fiscal que sería no el defensor del querellante sino el defensor de la legalidad cuidando de que si efectivamente se cometio un delito hacia esa persona pues se ¨vaya¨contra el que lo ha cometido.
Te recomiendo le heches un vistazo a la Ley de Asistencia Gratuita es la 1/96 de 10 de enero, en ellas verás los requisitos y que entra dentro de esa asistencia.
Saludos y suerte