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Autor Tema: Examen DIPr de hoy (miercoles 9)  (Leído 1685 veces)

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Desconectado Akela

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Examen DIPr de hoy (miercoles 9)
« en: 09 de Junio de 2010, 20:10:07 pm »
Veo que nadie que haya hecho hoy el examen de DIPr parece haber vuelto con muchas ganas de comentarlo.... Pues yo, tampoco.

Yo me me voy a ahogar mis penas en una cervecita y a relajar un poco la mente, que todavía me queda Financiero y Tributario II para el viernes (y como me salga como este voy apañada)

Saludos


Desconectado anahid

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Re: Examen DIPr de hoy (miercoles 9)
« Respuesta #1 en: 09 de Junio de 2010, 20:14:12 pm »
Pues creo que me ha salido bastante bien, algún error pero nada de importancia.

Ana
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Desconectado fermaul

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Re: Examen DIPr de hoy (miercoles 9)
« Respuesta #2 en: 09 de Junio de 2010, 20:37:52 pm »
Bueno, quizas no era lo previsto, pero no era tan dificil.... y repitieron sobre matrimonio de español en extranjero...

f.

Desconectado spolo

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Re: Examen DIPr de hoy (miercoles 9)
« Respuesta #3 en: 09 de Junio de 2010, 20:38:50 pm »
Yo si que lo he hecho.

Comentamos.

En relación con Roma I acuerdo entre las partes, yo he puesto las normas de policía que limitan tal acuerdo (explicando que son estas normas y en que consisten), así como que no se podra aplicar una ley al contrato de trabajo y de consumidores que sea más restrictiva en derecho que la que le sería aplicable, también he hablado de la clausula de escape, que permite al tribunal aplicar otra ley de otro ordenamiento jurídico que tenga mayor conexión con el hecho.

En cuanto a la forma valida del español par contraer matrimonio con francesa en la India, es posible de acuerdo con las normas del lugar, tanto civiles o religiosas, aunque esta última no esté reconocida en españa, también será valido el contraido ante el consul español de acuerdo con la ley española, es decir tanto el civil o el religioso con las confesiones  con las que Espala tiene acuerdo tal y tal

En cuanto a la ley aplicable a la nulidad, le he puesto que es la que reguló el matrimonio, explicando que leyes según el 9.2 regulan lols efectos del matrimonio.También he hablado de los efectos de la nulidad, esto último en cuanto a los derechos por ejemplo del conyuge de buena fe y de los hijos en el matrimonio putativo, y que si alguna de las leyes aplicables a la nulidad, ( osea las que regulan los efectos del matrimonio), no otorgará estos derechos, se podría aplicar la excepción de orden publico. También los motivos por el cual un matrimonio se puede declarar nulo, es decir, por incumplimiento de los requisitos de fondo (art 9.2) o de forma (art 11)

En cuanto al matrimonio de la griega y el holandés, la norma extranjera de competencia el reglamento 2201/03 indicando los 7 foros de competencia, por consiguiente los tribunales de logroño son competentes, y en cuanto a la ley aplicable le he puesto el articulo 107 del Cc con todas sus conexiones, por consiguiente es aplicable también la legislación española.


Desconectado spolo

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Re: Examen DIPr de hoy (miercoles 9)
« Respuesta #4 en: 09 de Junio de 2010, 20:46:43 pm »
El segundo caso lo he visto más complicado, no obstante ahí va

Le he puesto el art 11 que regula la ley aplicable a las formas de contratos, testamento etc, pero que este no se aplicaría en virtud del convenio de la haya del 61 relativo a las formas testamentarias.

En cuanto a la ley aplicable, he puesto que en virtud del art 9.1 del Cc la ley personal es la que regula la sucesión testamentaria, que se respectará la voluntad del causante, eso si, a salvo las legitimas, por consiguiente habría que aplicar la ley venezolana, ahora bien, habría que ver el contenido de esta ley por si hubiera que aplicar la excepción de orden público, y que la legislación española es partidaria de la universalización de la sucesión.

digo yo!!!! 

Desconectado palangana

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Re: Examen DIPr de hoy (miercoles 9)
« Respuesta #5 en: 09 de Junio de 2010, 21:41:08 pm »
Fondo de matrimonio: 9.1 CC.

Efectos del matrimonio : 9.2 CC.

Capitulaciones o régimen económico: 9.3 CC (esto no sé si lo preguntaban)

Forma de matrimonio de español con extranjero en el extranjero: art. 49 CC (por la ley del lugar de celebración civil o religiosa -lex loci-, y por la ley personal española).

COMPETENCIA: R 2201/2003 (fueros art. 3 A)

Ley aplicable al divorcio y nulidad: art. 107 CC

Sucesiones: 9.8 CC. Y para la forma Convenio de la Haya de 1961 sobre la validez de la forma disposiciones testamentarias (excepción de la validez de la forma diplomática o consular).

Eso me ha parecido por lo que he leido. Un saludo, suerte y ánimo.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado Akela

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Re: Examen DIPr de hoy (miercoles 9)
« Respuesta #6 en: 09 de Junio de 2010, 23:43:51 pm »
Ahora que ya me he tomado dos cervecitas, un tinto de verano y un orujo blanco bien frío, ya veo las cosas menos negras (por qué será, jijijiji  :D).

El caso es que me agobié un montón porque en lugar de escoger la pregunta sobre la ley aplicable a la nulidad del matrimonio (que la tenía clara y la hubiera resuelto en cinco minutos) elegí la de los principios en los que se basa la ley aplicable a la forma de los contratos (locus regis actum y auctor regis actum y todo ese rollo) y me lié, me lié ... y cuando me quise dar cuenta me quedaban apenas veinte minutos para hacer los dos casos prácticos. En el del matrimonio me hice un taco estupendo no en los instrumentos a aplicar, que eso lo puse bien, sino en las conexiones que creo que mezclé las de los foros de competencia con las de la ley aplicable al fondo del matrimonio e incluso con las de la forma.... yo qué, se si no sé ni lo que puse.Estaba atacada. Y el último caso lo resolví en cinco minutos aunque creo que estaba todo bien. Lo que no tengo claro es que el pobre que tenga que corregirlo sea capaz de descrifrar la letra espantosa con la que terminé.

En fín. Que sea lo que Dios quiera. Yo ya no pienso más en este examen.

Saludos y suerte para todos.

Desconectado cris22

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Re: Examen DIPr de hoy (miercoles 9)
« Respuesta #7 en: 17 de Junio de 2010, 16:31:31 pm »
una pregunta a los de dipriv: si apruebas el primer parcial y suspendes el 2º, es cierto que vas a septiembre con todo???... he leido en los cursos viruales en la web de la uned que si, que vas con todo. en cambio si suspendes el primero y apruebas el segundo, solo vas a septiembre con el segundo... no lo entiendo la verdad... alguien me lo puede aclarar?? gracias

Desconectado glocester

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Re: Examen DIPr de hoy (miercoles 9)
« Respuesta #8 en: 17 de Junio de 2010, 22:20:10 pm »
Funciona igual que todas las asignaturas; para septiembre te guardan la nota del parcial que apruebas.
En el caso de la consulta de la compañera en el foro del Aula Virtual como no se habia presentado al primer parcial, obviamente si suspende el segundo va a septiembre con toda la asignatura.
O eso es lo que yo entiendo

Desconectado cris22

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Re: Examen DIPr de hoy (miercoles 9)
« Respuesta #9 en: 18 de Junio de 2010, 09:27:38 am »
gracias... no se si he suspendido o no el segundo parcial pero me parecía una norma muy injusta... ahora toca esperar la  nota..