Deberías acercarte al departamento que tramita este tipo de infracciones, para que te anulen la primera infracción, ya que no pueden sancionar dos veces un mismo hecho ya que se estaría vulnerando el principio non bis in idem sancionador, si observas, en las dos sanciones el precepto infringido es el mismo, la única diferencia es que en la primera infracción acaecida a las 11.55 horas rebasas el tiempo máximo establecido en el ticket pero sin superar el límite (en algunos ayuntamientos 1 hora) y por tanto era anulable. En la segunda infracción, también superas el tiempo máximo, pero esta vez superando el límite (más de una hora) y por tanto no es anulable. Deberían indicar todos estos aspectos en la denuncia. La ordenanza de movilidad no establece la posibilidad de sancionar varias veces según los periodos de tiempo, simplemente indica en su art 61.10 "cuando, colocado el distintivo o acreditación, se supere el tiempo máximo de estacionamiento autorizado por el título exhibido". Una vez superado, la infracción existe y hay que pagarla, pero no dos veces. De todas formas si comentas que dejaste visible la primera infracción junto con el ticket, no tendrás problemas, ya que el segundo controlador-denunciante habrá tomado nota para anular la primera denuncia.
Suerte ¡