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Autor Tema: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........  (Leído 4949 veces)

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Desconectado Fernandomlg

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Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« en: 26 de Julio de 2010, 14:42:52 pm »
Hola , a ver si me podéis aclarar un poco esto porque la verdad es que estoy un poco liado.
Vivo con mi pareja y mi hija en casa de mi padre .Este nos la dejo  hasta que termine de estudiar , y la cosa se arregle un poco.Mis padres viven en otra casa.
No estoy ni casado , no estoy adscrito como  pareja de echo , ni soy propietario de nada.
Puede un juez en caso de que no lleguemos a un acuerdo , proceder al desahucio aún no siendo esta casa de mi propiedad y aun mi padre queriendo vender por necesidad.


Desconectado jbr

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #1 en: 26 de Julio de 2010, 16:46:59 pm »
Hola:

  El problema planteado no lo entiendo.

1. Vives en precario en una casa propiedad de tu padre.

2. Tienes una hija (¿que no es de tu pareja?)

3. Puede un juez en caso de que no lleguemos a un acuerdo. (¿a qué acuerdo tienes que llegar y con quién?) proceder al desahucio aún no siendo esta casa de mi propiedad y aún queriendo vender por necesidad. De esta parte no entiendo nada.

Saludos,

 Jbr


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Desconectado Fernandomlg

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #2 en: 26 de Julio de 2010, 17:13:25 pm »
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Hola:

  El problema planteado no lo entiendo.

1. Vives en precario en una casa propiedad de tu padre.

2. Tienes una hija (¿que no es de tu pareja?)

3. Puede un juez en caso de que no lleguemos a un acuerdo. (¿a qué acuerdo tienes que llegar y con quién?) proceder al desahucio aún no siendo esta casa de mi propiedad y aún queriendo vender por necesidad. De esta parte no entiendo nada.

Saludos,

 Jbr




1 Si vivo en casa propiedad de mi padre.
2 Tengo una hija y es de mi actual pareja.
3 Acuerdo con ella , ya que no entra en razón y no se quiere ir de la casa de mi padre.(mil soluciones).
4 Si ella pide que me desanhucien de casa de mi padre , es decir si eso procede , aún no siendo de mi propiedad.

Desconectado Fernandomlg

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #3 en: 26 de Julio de 2010, 17:19:20 pm »
Haber si me explico un poco mejor , mi padre nos dejo una casa por un tiempo mientras termino de estudiar .Cuando estuviaramos mejor pues comprar un piso o buscar otra casa.
Ella se quedo embarazada y tuvimos una hija .
La relación con ella es casi nula.Vamos que hemos roto.
Mi pregunta es ¿Qué pasaria si ella se niega a irse de la casa?
Porque ahora necesita vender la casa por necesidad y por lo que me han dicho que puede que si hay juicio por medio puede ser ella se quede en la casa hasta la emancipacion de mi hija.
Esa es mi pregunta si actualmente eso puede proceder o no?

Desconectado jbr

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #4 en: 26 de Julio de 2010, 18:47:49 pm »
Hola:

  Ahora sí tengo un poco más claro tu pregunta.

  En primer lugar la posesión del piso, en mi humilde opinión, sería en precario, sin ningún título tenéis la posesión de un piso propiedad de tu padre, siempre que no haya un título de cesión, arrendamiento, donación, usufructo, etc., la posesión es en precario.

  Primero: Si los que poseen la cosa no la devuelven a su dueño, el dueño de una propiedad puede recuperar su posesión mediante una demanda de desahucio por una situación de precariedad. Incluso creo que no sería un juicio sumario, sino que tendría la fuerza de cosa juzgada.

Segundo: En el momento en el que intervenga un juez...., ya hay problemas..., se puede uno imaginar lo que puede decidir pero hay que esperar a que el mismo dicte sentencia. (por mucho que se hable del derecho a la seguridad jurídica, el positivismo normativo, etc, esta es mi opinión personal). Con esto lo que te quiero decir es que si el juez estima que lo más conveniente para el menor es la custodia para la madre y que se quede en su vivienda habitual, pues el padre custodio se queda a vivir en la vivienda habitual, sean propiedad de quien sea.

  Ahora bien, si ninguno de los progenitores tiene vivienda habitual, pues buscará otra solución, como pagar el alquiler de una, etc.

   En tu situación no se puede hablar de separación, mucho menos de divorcio, pero al haber un menor por medio, el juez buscará siempre la protección del menor.

  Saludos,

   jbr
 
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Desconectado jbr

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #5 en: 26 de Julio de 2010, 19:05:23 pm »
Hola:

  Las casas se heredan post mortem, mortis causa,  mientras esté vivo el propietario no hay herencia, puede haber donación, venta, etc, pero no herencia, sólo se hereda cuando fenece el causante.

  Saludos,

    jbr
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Desconectado Fernandomlg

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #6 en: 26 de Julio de 2010, 19:37:22 pm »
Aunque la casa no sea mia y mi padre tenga la intención de venderla si hay juicio por medio el juez fallara a favor del menor .
Hasta que niña sea mayor de 18 años.????????
Yo lo que hable con ella es que la casa no es mia , y el la esta reclamando , si hay que pagar una alquiler y mantención pues se paga.
Pero negarse a trabajar ,y querer quedarse en casa ......
Bueno muchas gracias por todo

Desconectado MORDEKAY

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #7 en: 26 de Julio de 2010, 19:47:04 pm »
Dice el Tribunal Supremo el 14 de enero de este mismo año:

"Estas situaciones contrastan con aquellas en las cuales los cónyuges ocupan en precario una vivienda, en virtud de una posesión simplemente tolerada por la condescendencia o el beneplácito del propietario. En este caso, mediante la adjudicación del uso a uno de ellos en aplicación del artículo 96 CC no se puede obtener frente a un tercero una protección posesoria de vigor jurídico superior al que el hecho del precario proporcionaba a los cónyuges. De esto se sigue que el propietario puede recuperar la vivienda a su voluntad, aunque se haya atribuido judicialmente el uso a uno de los cónyuges, pues la decisión de poner fin a la situación de precario por parte del propietario de la vivienda no presupone acto alguno de disposición previo por parte del precarista. Esta misma situación se da cuando, existiendo originariamente un comodato (u otro tipo de contrato o derecho que atribuye el uso del inmueble), desaparecen los presupuestos determinantes de la titularidad por parte del cónyuge que la ostentaba y el propietario o titular de la cosa no la reclama, pues entonces la situación de quien la posee es la propia de un precarista. En este punto, la doctrina que se fija en esta sentencia no comporta variación sustancial de la que viene manteniendo esta Sala ( SSTS de 30 de noviembre de 1964 ( RJ 1964, 5552) , 31 de diciembre de 1994 ( RJ 1994, 10330) , RC n.º 2987/1991, 26 de diciembre de 2005), con arreglo a la cual la situación de quien ocupa una vivienda cedida sin contraprestación y sin fijación de plazo por su titular para ser utilizada por el cesionario y su familia como domicilio conyugal o familiar es la propia de un precarista, una vez rota la convivencia, con independencia de que le hubiera sido atribuido el derecho de uso y disfrute de la vivienda, como vivienda familiar, por resolución judicial."

Más claro, el agua.
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Desconectado fermar

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #8 en: 26 de Julio de 2010, 20:05:19 pm »
En fin las cosas no pintan bien veamos: con indpendencia de los oportunos registros de parejas de hecho, tu en tiendo, mantienes una realcion mode usorio con tu compañera y entiendo a la ves que tienes rconocida a la niña, si vaís a romper la convivencia y no teneís un acuerdo sobre la disolución de esta relación, el juez determinará quien mantiene la custodia y cuales son las compensacione de cada parte en función de los ingresos y situacione personales de cada parte. En cuanto a la vivienda existe una cesión de la posesión que naturalñmente es reversible y por lo tanto  tu padre podrá disponer de ella en su momneto, lo que no implica tu rersponsabilidad como progenitor y por lo tanto tu contribución en función de la resolución judicial a la munutención, vivienda, estudios y sanidad de tu hija.

De forma transitoria y excepcional hasta alcanzar una solución el juez podría determinar que tu pareja o tu habiteis la casa actual, por ejemplo hasta su enajenación o que el dueño pusiera alquiler, en fin es hablar por hablar puesto que faltan un sin fin de datos, que son de vital importancia para la resolución.
Fer.

Desconectado kuiqui

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #9 en: 26 de Julio de 2010, 20:10:33 pm »
si lo he entendido...estas en situación de precario, con lo cual tu situación es la de cualquier precarista, aunque el titular registral sea tu padre. mediante una demanda de desahucio por precario te pueden hechar...una vez iniciado el lanzamieto, evidentemente.

Desconectado Fernandomlg

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #10 en: 26 de Julio de 2010, 20:28:32 pm »
Entonces me pueden echar a la calle y mi familia se puede quedar sin piso hasta que la niña cumpla los 18 años y tengo que mantener a mi pareja..........

Pues que alegria .......

Desconectado Fernandomlg

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #11 en: 26 de Julio de 2010, 20:35:59 pm »
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Dice el Tribunal Supremo el 14 de enero de este mismo año:

"Estas situaciones contrastan con aquellas en las cuales los cónyuges ocupan en precario una vivienda, en virtud de una posesión simplemente tolerada por la condescendencia o el beneplácito del propietario. En este caso, mediante la adjudicación del uso a uno de ellos en aplicación del artículo 96 CC no se puede obtener frente a un tercero una protección posesoria de vigor jurídico superior al que el hecho del precario proporcionaba a los cónyuges. De esto se sigue que el propietario puede recuperar la vivienda a su voluntad, aunque se haya atribuido judicialmente el uso a uno de los cónyuges, pues la decisión de poner fin a la situación de precario por parte del propietario de la vivienda no presupone acto alguno de disposición previo por parte del precarista. Esta misma situación se da cuando, existiendo originariamente un comodato (u otro tipo de contrato o derecho que atribuye el uso del inmueble), desaparecen los presupuestos determinantes de la titularidad por parte del cónyuge que la ostentaba y el propietario o titular de la cosa no la reclama, pues entonces la situación de quien la posee es la propia de un precarista. En este punto, la doctrina que se fija en esta sentencia no comporta variación sustancial de la que viene manteniendo esta Sala ( SSTS de 30 de noviembre de 1964 ( RJ 1964, 5552) , 31 de diciembre de 1994 ( RJ 1994, 10330) , RC n.º 2987/1991, 26 de diciembre de 2005), con arreglo a la cual la situación de quien ocupa una vivienda cedida sin contraprestación y sin fijación de plazo por su titular para ser utilizada por el cesionario y su familia como domicilio conyugal o familiar es la propia de un precarista, una vez rota la convivencia, con independencia de que le hubiera sido atribuido el derecho de uso y disfrute de la vivienda, como vivienda familiar, por resolución judicial."

Más claro, el agua.

Okay no la había visto.
Entonces aunque el un juez dictamine que es vivienda es para el usufructo del cónyuge.El propietario siempre puede reclamarla no???

Desconectado MORDEKAY

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #12 en: 26 de Julio de 2010, 21:16:08 pm »
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Entonces aunque el un juez dictamine que es vivienda es para el usufructo del cónyuge.El propietario siempre puede reclamarla no???

Sí.
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Desconectado Fernandomlg

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #13 en: 26 de Julio de 2010, 21:27:13 pm »
gracias moderkay , de todas formas haber si hay suerte y se arregla lo mas "civilizadamente posible".
Un saludo

Desconectado jbr

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Re: Pueden proceder al desahucio en casa heredada.........
« Respuesta #14 en: 26 de Julio de 2010, 22:45:30 pm »
Hola:

  Gracias MORDEKAY por la sentencia, es a lo que me refería, el propietario siempre puede recuperar la posesión de su propiedad poseída en precario.

  Por ello no debe haber ningún tipo de “contrato”, ni verbal, ni mucho menos escrito, el propietario recupera la posesión.

  Lo que está claro que el menor tiene que tener donde vivir, es obligación de los progenitores darle esa vivienda y será el juez quien determine cómo, si no hay acuerdo, el menor estará siempre con quien ostente la custodia y por tanto tendrá una vivienda, aunque claro es, el custodio también tiene que aportar lo suyo para darle la vivienda al menor.

  Como dije al principio, en el momento que el juez toma parte...., hay un problema, habrá que estar a lo que dictamine, pero  si no hay título de poseción o propiedad, la vivienda tiene que pasar a posesición del propietario, eso es importante, no puede haber ningín título habilitante de la posesición, si lo hay el juez puede considerar que es vivienda habitual.

  Saludos,
jbr
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