Efectivamente, se puede aplicar la tabla las veces que haga falta:
- la cuantía del salario minimo interprofesional no se puede embargar nunca
- la siguiente cuantía, hasta el doble del s.m.i., el 30 %
- la siguiente, hasta el triple, el 50 %
Y no sigo, que no hay mucha gente que llegue hasta ahí.
Entonces si una persona tiene un embargo, pero le sigue quedando más del s.m.i., se puede aplicar la tabla de nuevo.
Normalmente se escribe al del segundo embargo para informarle del primero, y lo normal es que esperen pero, si ven las cosas mal, ya sea por tiempo, cuantía o lo que sea, solicitan que se retenga lo que se pueda de ese segundo embargo (y cuando termine el primero se regulariza el importe, claro).
Espero haberme explicado.