Hola Locke gracias por contestar , enhorabuena con los penales .Bueno te explico yo denuncie individualmente pero luego la policía al haber tantas denuncias pues pusieron carteles citando a todos los afectados en comisaría , supongo que para una conjunta .
Al denunciado lo pillaron el segundo día pero al hacer un registro en su casa tras la previa autorización del juez de guardia , le intervinieron , radios , cámaras digitales , gafas , bicicletas ,cascos y un sin fin de cosas.
Empezaron a llamar a los denunciantes y algunos efectos eran de unos e otros .Después de estar mirando el CP , ¿creo que aquí seria aplicable el art 240 CP no?El culpable de robo con fuerza en las cosas será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.
Pero sería un delto continuado de robo con fuerza en las cosas ya que se llevo efectos de distintos coches ( 30 o 40) y la pena es la del art 240 en su mitad superior ( art 74.1 del CP).
O si sería aplicable la pena de 2 a 5 años como dice el art 235 CP párrafo 4 , es decir cuando revista especial gravedad, atendiendo al valor de los efectos sustraídos, o se produjeren perjuicios de especial consideración. Ya que fueron un sin fin de coches , por ejemplo los daños al mío ascienden a 3500 euros .