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Autor Tema: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I  (Leído 109799 veces)

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Desconectado teufel

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #440 en: 25 de Diciembre de 2010, 12:08:07 pm »
«Restricción de la aptitud jurídica de la persona derivada de sanción civil añadida a la penal».


En un sentido general, la interdicción es el estado en que deviene la persona a quien se le declara incapaz de determinados actos de la vida civil y que es, por ello, privada de la administración de su persona y bienes. En este sentido general, interdicción e incapacidad son equivalentes.


Pero en un sentido técnico y concreto, la interdicción civil es la incapacitación procedente de una sanción de índole penal, aplicable a los sentenciados en firme por determinados delitos. La propia condición de recluido podría explicar el sometimiento a tutela del que se halla en entredicho, que se extendía a la administración de sus bienes y representación en juicio. Pero, ciertamente, se ha tratado siempre de una pena adicional, ya que aquellas funciones podían lograrse mediante el mecanismo de la representación voluntaria.

Saludos


Desconectado Raúl31

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #441 en: 28 de Diciembre de 2010, 07:35:57 am »
Hola, una pregunta: en sobre las medidas en el caso de desaparición de una persona, en el caso de que el ausente haya atribuido su patrimonio a un apoderado no es necesario que se le represente mediante un defensor, sino que será el mismo apoderado el que gestione su patrimonio.

Mi pregunta es: quién puede cumplir este requisito de ser apoderado? está obligado el conyuge a serlo? tiene limitaciones en cuanto a gestionar el patrimonio del desaparecido al igual que el defensor cuyas limitaciones dictará el juez?

Bueno es más de una pregunta, gracias.

Desconectado Onaiplu

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #442 en: 28 de Diciembre de 2010, 10:51:12 am »
1. Que lo haya nombrado el ausente, y así conste mediante poder. (supuestamente mayor de edad, con capacidad de obrar )
2. Quizás confundamos apoderado con defensor del ausente??. En principio nadie está obligado a ser apoderado, creo.
3. Los límites los pone el ausente mediante los poderes otorgados.

Vamos, creo, pura intuición...

Desconectado jmgalvan

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #443 en: 28 de Diciembre de 2010, 10:55:26 am »
Hola, me sucede una cosa muy rara al entrar en el ALF de Civil.

Me dice que "no existen foros" y por otro lado me muestra que la PREC de Enero está "no activa".

¿os pasa igual?

Gracias.

Desconectado teufel

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #444 en: 28 de Diciembre de 2010, 10:59:32 am »
Sí, Jmgalvan, en mensajes anteriores el profesorado advirtió de que en la época navideña los foros no estarían disponibles, cosa grave por su parte ya que podrían haber cerrado las consultas de su asignatura pero no la general de los alumnos. Por otro lado las segundas pruebas no estarán activas hasta el 1 de enero, fecha en la que comienza y se cerrarán el día 14 de enero.

saludos

Desconectado teufel

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #445 en: 28 de Diciembre de 2010, 11:03:51 am »
Según entiendo yo el apoderado será aquella persona que ANTES de la desaparición lo fuera del desaparecido, en cuyo caso seguirá defendiendo y administrando los bienes del desaparecido, en los límites en que éste otorgó en los poderes.

En el caso en que no lo tuviera, será el juez quien determine la persona que defenderá y administrará los bienes.

saludos

Desconectado Raúl31

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #446 en: 28 de Diciembre de 2010, 12:43:26 pm »
Creo que no es obligado ser el defensor de nadie, aunque en el libro viene como que es una obligación sin consecuencia, o sea, que si no tiene consecuencias el no ser representante por ejemplo el conyuge se puede negar y estar en su derecho, supongo que la persona que se preste voluntaria a serlo ahí es cuando el juez valorará si verdaderamente reune los requisitos, mayor de edad etc.


Es lo que he entiendo yo.


Los límites del defensor los pone el juez mediante sentencia, valorará si el defensor puede administrar el total o no del patrimonio del ausente.

El apoderado supongo y pienso que si se ha establecido anteriormente a su ausencia habrá sido el supuesto ausente quien pondrá los limites a este apoderado.

Vamos que si que no que caiga un chaparrón

Desconectado carmen mora

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #447 en: 30 de Diciembre de 2010, 23:38:03 pm »
La prec de enero está no activa porque no estamos en enero¡¡¡¡

Desconectado togapraetexta

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #448 en: 01 de Enero de 2011, 18:06:25 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La prec de enero está no activa porque no estamos en enero¡¡¡¡
ya estan activas las prec de enero.

Desconectado teufel

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #449 en: 01 de Enero de 2011, 20:13:40 pm »
Sí, ya están, es 1 de enero

Estaría bien que como en el caso de las primeras debatiésemos los casos prácticos y comprobásemos las respuestas tipo test a medida que las hagamos....se aprende, se repasa y se adquieren conocimientos del resto de los compañeros.

saludos

Desconectado carmen mora

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #450 en: 01 de Enero de 2011, 21:01:55 pm »
Todas las respuestas del test de enero se pueden encontrar en el libro de Lasarte. Respecto a la práctica, a mi parecer, es algo más complicada que la primera. Yo, he estado resolviendo la primera parte relativa a la nacionalidad.
Como el lugar de nacimiento es Teherán y los padres son iranies, el menor no podría tener nacionalidad de origen, así que sólo nos queda la derivativa. No reúne los requisitos de opción y tampoco se produce la de carta de naturaleza, así que sólo puede ser por residencia. Creo que primero podría obtener la nacionalidad la madre por residencia de un año al ser viuda de español. Y después el niño por opción, al estar sujeto a la patria potestad de española. No sé si es muy rebuscado, si alguien tiene otra idea podría compartirla. Un saludo a todos.

Desconectado teufel

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #451 en: 01 de Enero de 2011, 21:06:23 pm »
Gracias Carmen, ¿sería posible que expusieras los enunciados de las dos preguntas?, sin ellos sería empezar a divagar ya que no sabemos exactamente qué preguntan y en qué condiciones.

saludos y gracias otra vez por compartir

Desconectado carmen mora

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #452 en: 01 de Enero de 2011, 22:45:31 pm »
SUPUESTOS PRACTICOS ENERO 2011

Primero.- Yasmine Ayharad, de nacionalidad iraní, vive en Barcelona desde hace algunos meses. Su marido, fallecido hace cuatro años, era un español residente en Irán. Ella desearía que su hijo, recién nacido en Teherán y de padre iraní, tenga la nacionalidad española de su marido. ¿Podría conseguir que su deseo se convirtiera en realidad? Razone la respuesta.

Segundo.- Marcelo Valcárcel, hombre acaudalado, viudo tras haber perdido a su esposa de un cáncer de pulmón a temprana edad, y sin hijos, otorga testamento destinando toda su fortuna, dado que carece de legitimarios, para financiar la investigación de la lucha contra el cáncer. Digamos si esto es posible, y de ser así, ante qué figura nos encontraríamos o podríamos encontrarnos.

Desconectado teufel

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #453 en: 01 de Enero de 2011, 23:07:22 pm »
Carmen he respondido al de nacionalidad en un post que se ha abierto para las prec's, échale un vistazo y dime qué te parece

saludos

Desconectado Raúl31

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #454 en: 01 de Enero de 2011, 23:22:29 pm »
El segundo supuesto es de este primer examen, porque eso de las herencias y demás no se corresponde, o a qué tema se refiere esta 2ª práctica.

Desconectado teufel

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #455 en: 02 de Enero de 2011, 00:00:57 am »
Tendría que mirarlo Raúl, todavía no me he metido con esa.

Desconectado tesan67

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #456 en: 02 de Enero de 2011, 01:05:20 am »

Hola ¿Alguién me puede decir por donde para el post abierto para las precs? . No lo encuentro por ningún sitio , y en Alf entro en foros y no puedo acceder a nada. Muchas gracias y un saludo ;)

Desconectado 3 olmos

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #457 en: 02 de Enero de 2011, 02:31:42 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Hola ¿Alguién me puede decir por donde para el post abierto para las precs? . No lo encuentro por ningún sitio , y en Alf entro en foros y no puedo acceder a nada. Muchas gracias y un saludo ;)

Hola:

Yo también la he estado buscando y la he encontrado pero en el foro de grado...

bueno aquí está el link

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Saludos



Desconectado alexuxa

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #458 en: 02 de Enero de 2011, 17:10:34 pm »
tengo una duda me he liado con el tema de las horas de los examenes y solo tengo esta asignatura...,el examen del lunes 31 de enero marca el examen a las 09:00 (parte general y derecho de la persona)y tambien a las 11:30 (parte general persona y familia) y sin embargo traen códigos diferentes,odria presentarme a cualquiera de ellos?????espero me lo podais aclarar,gracias.

Desconectado quelrra

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I
« Respuesta #459 en: 02 de Enero de 2011, 17:42:21 pm »


Si estás en GRADO, es  a las 11.30 horas
Si estás en LICENCIATURA- PLAN 2000, es a las 9:00 horas.

Ojo, aviso a todos que tengais cuidado con eso. Primero aparece en la hoja 34 y 35 el calendario de exámenes de LICENCIATURA ( PLAN 2000)
 Y  a partir de la hoja 36, viene el calendario para GRADO.