Hay un hilo bastante extenso sobre esta problemática. Pero vamos, jerarquía normativa: los reglamentos (sean de la naturaleza que sean y emanen del órgano ejecutivo o corporativo que amanen, lo más abajo posible (porque en la cúspide está la Constitución como ley de leyes, después los Tratados, después las LO, después LOrdinarias, después Decretos leyes y Decretos legislativos porque tienen todas estas leyes y normas rango de ley......los reglamentos no tienen rango de ley).
Y los actos admistrativos en ningún lugar de la pirámide, puesto que no son normas jurídicas, no forman parte del OJ....SE TRATA DE EMISIÓN DE JUICIO O VOLUNTAD de un órgano admnistrativo con comeptencia obejtiva/material, territorial y jerárquica (representan el quehacer diario de la actividad de la administración y como norma general son eficaces, se presumen válidos y se agotan en mismo momento que son dictados).
Eso interpreto, un saludo.