Durante los periodos de suspensión del contrato por maternidad, reducciones de jornada y demás posibilidades relacionadas con la maternidad, los despidos son una temeridad para el empresario. Los jueces dan la razón a la trabajadora y pueden incluso declararlos "nulos" con el consiguiente reingreso.
Ojo con los plazos legales para la demanda. Para la acción por despido, 20 días. Para la acción por reclamación de cantidad, tienes un año desde que se te debió abonar.
Si finalmente te despiden, con el "finiquito" ten precaución, refleja en el todas las circunstancias que creas oportunas, todo lo que te deben y lo firmas "No conforme". Una vez firmado conforme el finiquito, la relación laboral está terminada y no podrás reclamar por cantidad.
La decisión de denunciar, siempre será tuya. Mi consejo es que te asesores bien y si es necesario acudas a un sindicato para que te lleven el proceso. Aunque no estés afiliada te llevarán el proceso. Piensa que los abogados de los sindicatos son especialistas en procedimiento laboral.
Suerte y preparate, busca pruebas, papeles, comunicados, en fin, todo lo que puedas usar para defender tu derecho. Piensa como lo haríamos los estudiantes de Derecho o los abogados, eso te dará ventaja sobre tu empresario.
Saludos