El año pasado hice los dos procesales y con el código de leyes procesales es suficiente. No es necesario el Código Civil. Si así lo fuera, hubieran recomendado su utilización.
Estas asignaturas que dejan llevar libros son un arma de doble filo: procura tener aprendida la materia para evitar sorpresas. El examen lo tienen calculado (en la mayoría de casos), para que la consulta a la legislación sea puntual al responder al caso práctico o puntualizaciones concretas, con el tiempo bastante ajustado. Si confías en consultar todas las preguntas en el libro, te puedes encontrar con que hayas agotado el tiempo previsto sin finalizar el examen.
Existen excepciones de gente que comenta que realizó las pruebas con el código que llevaba, sin apenas dedicar tiempo de estudio. Responden a casos puntuales de cerebros privilegiados o personas que por su actividad laboral están al corriente de estos campos normativos, pudiendo existir algún caso puntual en el que simplemente se trate de alguna bravuconada o simple suerte. Hay que echarle horas a las inmensas procesales.