No creas compañero urbiet, la cuestión de llamarlos "casos prácticos" no es más que una forma convencional de llamarlos, porque se trata digamos de un envoltorio, no una pregunta de epígrafe literal, sino descrito en un contexto QUE PODRÍA DARSE EN LA VIDA REAL (que no es lo mismo !!), pero si no se tienen claros los princpios (jerarquía y ámbito espacial de aplicación, por ejemplo), así como instrumentos que nos sirven en cada problemática y materia pues no se puede dictaminar con solvencia.
Pero eso es, PRECISAMENTE, porque al tener esas cuestiones asimilidas y resolver con solvencia te piensas que es teoría pura y dura, pero no es así.....hay un entendimiento, pero cuando se está preparado no te das cuenta que es entendimiento, te sale natural.
Otra cosa "más práctica" no es posible en caso práctico escrito: habría que ponerse en contacto con el consulado extranjero, poder mirar internet y comprobar el derecho material extranjero, comprobar la validez de la apostilla o impugnación etc etc etc (eso no cabe, ni por nivel exigido, y porque no es posible).
Un saludo.