Posición del demandado ante el demandante:
1. Si entiende que existe defecto procesal de jurisdicción o competencia interponer declinatoria antes de realizar el escrito de contestación a la demanda.
2. Contestar a la demanda en plazo, si no lo hace se le dará en rebeldía.
3. Contestar a la demanda punto por punto, admitiendo o negando los hechos, puesto que de no ser así podría entender el órgano judicial admisión tácita de los hechos que le sean perjudiciales.
4. No contestar nada, pero para evitar la rebeldía realizando un escrito de personación.
5. Allanarse, pacial o totalmente.
6. Formular, tras contestar a la demanda y en el mismo escrito de contestación a la demanda, reconvención.
7. Negar los hechos y proponer prueba. Impugnar en el momento procesal oportuno, según el tipo de proceso, la prueba de contrario.
Eso, digamos en síntesis, pero si sigues ese esquema para el desarrollo no andarás muy lejos del aprobado, yo creo.
Suerte.