Lo primero que tendrías que ver es a qué ha sido debida la modificación del valor catastral.
Entiendo que no has sido tú quien a reclamado al catastro, así que deberías enterarte a instancias de quién se ha producido la revisión, y posterior modificación, del valor catastral.
Entonces veremos qué motivos hay para recurrirlo.
Es normal que en las fechas que dices, 2008/2009, no figure en los datos catastrales "virtuales" la modificación; si te lo han comunicado en Agosto 2010 lo normal es que se haya resuelto unos 2 meses antes. Mira ahora en el catastro qué valor catastral te figura...
Una cosa que no me cuadra es por qué te reclaman "solo" 2008 y 2009 y no los anteriores, hasta 4 años,
siendo que la resolución surte efectos desde el año 2001.
Ya irás diciendo y vemos lo que se puede hacer.
Un saludo