No pasa nada porque la responsabilidad penal está extinguida. Antecedentes penales VIGENTES de estar cumpliendo condena o debiendo cumplir condena; pero no por delitos o faltas que ya cumplió el reo, debiéndose cancelarse si no está actualizado. Se puede colegiar.
Así es como creo que es, un saludo.
PD: ADEMÁS, sería icompatible con el único fin de las penas privativas de liebrtad, por ejemplo, que no es otro que la reinserción social (si no recuerdo mal ha habido delincuentes famosos que se sacaron Derecho en la Cárcel).