;

Autor Tema: SOBRE IMPUGNACIÓN DENEGACIÓN ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA.  (Leído 14376 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado TRIGUN

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 4556
  • Registro: 20/10/07
  • Abogando
SOBRE IMPUGNACIÓN DENEGACIÓN ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA.
« en: 24 de Febrero de 2011, 18:49:18 pm »
Vereís ayudando a un buen amigo discapacitado, le solicité la asistencia jurídica gratuita aunque superese el doble del salario mínimo porque la ley contempla que en el caso de discapacitados acreditados y familia numerosa, podían pedirlo hasta el cuádruplo del salario mínimo.

Ahora bien la comisión de justicia gratuita de su provincia se la ha denegado por superar el doble del salario. Yo he impugado la resolución y lo han citado en el juzgado de instrucción para ser "oído"  y que fundamente la impugnación.

Mi pregunta: ¿será un trámite de proposición de pruebas? ¿podrá presentar alegaciones por escrito?

¿Me podeis aconsejar algo? Porque el asesor jurídico voy a ser yo mismo y en contra va a tener al abogado de la CCAA.

Saludos y gracias.

El cielo estaba tan estrellado, tan luminoso, que mirándolo no podía uno menos de preguntarse: ¿pero es posible que bajo un cielo como éste pueda vivir tanta gente atrabiliaria y caprichosa? Fiódor Dostoyevski.

Desconectado palangana

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 17252
  • Registro: 22/05/08
  • Campeones, orgullo español !
    • www.uned-derecho.com
Re: SOBRE IMPUGNACIÓN DENEGACIÓN ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA.
« Respuesta #1 en: 24 de Febrero de 2011, 18:57:20 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Vereís ayudando a un buen amigo discapacitado, le solicité la asistencia jurídica gratuita aunque superese el doble del salario mínimo porque la ley contempla que en el caso de discapacitados acreditados y familia numerosa, podían pedirlo hasta el cuádruplo del salario mínimo.

Ahora bien la comisión de justicia gratuita de su provincia se la ha denegado por superar el doble del salario. Yo he impugado la resolución y lo han citado en el juzgado de instrucción para ser "oído"  y que fundamente la impugnación.

Mi pregunta: ¿será un trámite de proposición de pruebas? ¿podrá presentar alegaciones por escrito?

¿Me podeis aconsejar algo? Porque el asesor jurídico voy a ser yo mismo y en contra va a tener al abogado de la CCAA.

Saludos y gracias.


¿Pero discapacitado porque así lo entendéis amigos y familiares, o bien porque tenéis resolución judicial en sentencia que indica ese extremo?

Sólo vale, cuando se habla de discapacidad, lo segundo.

Bueno (aclaro y rectifico), se puede tener discapacidad de la vista (no creo que haga falta resolución judicial para eso, si acaso pasar por tribunal médico, yo creo), pero si supera cuatro veces el salario, no sñe, complicado lo veo.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado TRIGUN

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 4556
  • Registro: 20/10/07
  • Abogando
Re: SOBRE IMPUGNACIÓN DENEGACIÓN ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA.
« Respuesta #2 en: 24 de Febrero de 2011, 19:32:48 pm »
Precisando palangana:

- Es discapacitado acreditado: resolución grado de discapacidad de más del 33% por el órgano correspondiente de la CCAA.

- Supera el doble del salario (requisito general) pero no el cuádruple (requisito particular de este caso), según indica la ley 1/1996 de asistencia jurídica gratuita (con sus modificaciones) se puede solicitar en ese y otros casos excepcionalmente. Es decir es una medida de discriminación positiva. Por ello yo entiendo que no tiene sentido que le digan que no, por superar el doble (si eso ya lo sabíamos!), tendrían que decir algo más por ser éste un caso particular en el que se puede superar el requisito general.

El cielo estaba tan estrellado, tan luminoso, que mirándolo no podía uno menos de preguntarse: ¿pero es posible que bajo un cielo como éste pueda vivir tanta gente atrabiliaria y caprichosa? Fiódor Dostoyevski.

Desconectado palangana

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 17252
  • Registro: 22/05/08
  • Campeones, orgullo español !
    • www.uned-derecho.com
Re: SOBRE IMPUGNACIÓN DENEGACIÓN ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA.
« Respuesta #3 en: 24 de Febrero de 2011, 19:40:33 pm »
Cierto compañero TRIGUN, tienes toda la razón del mundo (DISCULPAS), se me pasó en la lectura eso que ya habías indicado de "acreditado".

Ah, pues entonces entiendo que sí cabe impugnar por falta de motivación en la resolución y que ésta no se ajusta a la exigencia de la LEY 1/1996 DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA (si lo dice la norma, lo de excpcionalmente, debe motivarse porqué no se considera este caso excepcional, yo creo).

Gracias por aclararlo, espera a ver si algún compañero del turno de oficio o más experiencia tiene mayor conocimiento. Un saludo cordial.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado TRIGUN

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 4556
  • Registro: 20/10/07
  • Abogando
Re: SOBRE IMPUGNACIÓN DENEGACIÓN ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA.
« Respuesta #4 en: 24 de Febrero de 2011, 20:55:08 pm »
Gracias palangana, yo voy a tirar porque leí por ahí que se comentaba que había automatismo de concesión de la AJG en estos casos. No sé si a lo mejor la comisión no reparó en lo de que era discapacitado, y solo se fijó en que superaba el doble que es por lo que le dicen que no al 90% de la gente.

Quiero ver a ver que hacen otras comisiones de otras provincias, otros casos, etc.

Lo curioso del caso es que hay un simulador para poder pedir la asistencia jurídica gratuita, Ministerio de Justicia y Junta de Andalucía via internet, le metes los datos personales, los ingresos y te dice si puedes pedirla. Y en este caso antes lo comprobamos y el simulador dijo que sí se cumplían las condiciones...no sé que valor jurídico puede tener lo del simulador, puesto que está en páginas de organismos oficiales.

Saludos.

El cielo estaba tan estrellado, tan luminoso, que mirándolo no podía uno menos de preguntarse: ¿pero es posible que bajo un cielo como éste pueda vivir tanta gente atrabiliaria y caprichosa? Fiódor Dostoyevski.

Desconectado palangana

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 17252
  • Registro: 22/05/08
  • Campeones, orgullo español !
    • www.uned-derecho.com
Re: SOBRE IMPUGNACIÓN DENEGACIÓN ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA.
« Respuesta #5 en: 24 de Febrero de 2011, 21:01:00 pm »
Hombre, claro que sí, no sé qué valor le darán al "simulador" que indicas (gracias por la informaciónn porque no conocía de su existencia), pero resulta que si indica que sí cumple con los requisitos y es PÁGINA OFICIAL pues eso lo tienes que meter aunque sea con calzador en tu impugnación...todo lo que sume a tu favor, u otras resoluciones administrativas o judiciales que por analogía te sirvan, lo tienes que incluir en el cuerpo del escrito del medio de impugnación que te haya indicado la resolución (y en plazo para ello).

Ten en cuenta además que hay un principio general del derecho de la iguladad, que está prohibidad la arbitraridad tanto funcionarial como judicial, tampoco está permitido la llamada desviación de poder, así como existe obligación de MOTIVAR cuando se resuleve negativamente de forma distinta y antes se venía resolviendo en casos iguales o muy similares todo lo contrario.

A VER SI TIENES SUERTE, pero tú incluye todo lo que sume a tu favor, eso lo tengo claro.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado TRIGUN

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 4556
  • Registro: 20/10/07
  • Abogando
Re: SOBRE IMPUGNACIÓN DENEGACIÓN ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA.
« Respuesta #6 en: 25 de Febrero de 2011, 14:00:43 pm »
Investigando he dado con "IV ENCUENTRO JORNADAS ESTATALES JUSTICIA  GRATUITA. Pamplona 2010 Criterios Comisiones de Asistencia jurídica gratuita, Valladolid-Barcelona-Pamplona, 25 de octubre de 2010
Javier Martín García.-
Colegiado 2.035 ICAVA
Miquel Puiggali Torrentó
CICAC.
Colegiado 14.312 ICAB
Fernando Azagra Díaz
Colegido 993  MICAP"
En el cual se indica "2.- Cargas de la unidad familiar y circunstancia excepcionales:

 Se constata   un aumento de tener en consideración las cargas de la unidad familiar u otras excepcionales.  Pocas son, de las que se ha tenido conocimiento que no apliquen estas cargas.  El art. 5 de la Ley  permite  calibrar la asistencia jurídica gratuita en aquellos supuestos que la aplicación estricta de los ingresos económicos pudiera producir, y de no atenderse a esas cargas o situaciones excepcionales, puede generarse una situación injusta. Asimismo puede ajustar, en la mayoría de solicitudes que pueden serle de aplicación,  a la realidad socio-económica de cada zona de actuación de las comisiones de justicia gratuita.  Se intenta buscar en la medida posible criterios objetivables en estos supuestos. Las circunstancias en las que se ha aplicado son los siguientes:

- Números de hijos, es el motivo mayoritario para la concesión, incluso establecer un número mínimo, a partir de 3 hijos o más. En alguna zona se aplica un automatismo en reclamaciones en que existan hijos menores o sea asunto de violencia de género ampliar el IPREM a 1.200.- euros
- Situaciones de invalidez  o minusvalía de los solicitantes. Se estable un automatismo en los que tengan un  grado de a partir del 33%.- Solicitud de incapacidad  civil
- Enfermedad
- Edad de los solicitantes
- Cargas hipotecarias
- Retenciones judiciales
- Superar en poco los límites del doble del IPREM.

De seguro que la variedad y la casuística es mucho más rica.  La función de los colegios de abogados en esta fase es importante,  pues habrán de facilitar estos datos para que la comisión pueda aplicarlos.  No dejan de hacer los colegios de abogados una función delegada de la Administración, incluso no tendría que haber dudas, por un principio de a favor del ciudadano,  de otorgar provisionalmente la asistencia jurídica gratuita  por parte de los colegios en estos supuestos, valorados siempre caso por caso y con la debida justificación."

Está claro lo que estos abogados dicen, pero ¿cómo podría hacerme yo con este informe precitado de forma oficial? quiero decir yo tengo el informe completo pero es una copia sin más, me gustaría tener una copia firmada y/o sellada pues menuda prueba a presentar ante el tribunal sería!


El enlace del simulador es: No puedes ver los enlaces. Register or Login


   
El cielo estaba tan estrellado, tan luminoso, que mirándolo no podía uno menos de preguntarse: ¿pero es posible que bajo un cielo como éste pueda vivir tanta gente atrabiliaria y caprichosa? Fiódor Dostoyevski.

Desconectado Elemir8888

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 4
  • Registro: 20/12/10
Re:SOBRE IMPUGNACIÓN DENEGACIÓN ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA.
« Respuesta #7 en: 13 de Enero de 2012, 04:44:28 am »
Hola:
 A quien pueda responderme.... Si a alguien se le ganó un juicio sobre impugnación de justicia gratuita y se demostró que el "pájaro" quería abusar de la gratuidad de la misma. Si la volviera a solicitar al tiempo por otras causas (y aunque ahora no tuviese recursos) ese "antecedente" lo van a considerar en la CAJ?
Gracias,

Desconectado velypereira

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 1026
  • Registro: 24/08/11
  • www.uned-derecho.com
Re:SOBRE IMPUGNACIÓN DENEGACIÓN ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA.
« Respuesta #8 en: 13 de Enero de 2012, 18:28:45 pm »
Los medios de vida se acreditan cuando se solicita el beneficio de justicia gratuita y hay que probarlo documentalmente por tanto aunque no tuviera derecho a ella en el pasado si vino a peor fortuna y se encuentra dentro de los presupuestos contemplados en la ley tendrá derecho, al igual que si la tuvo en su día y viene a mejor fortuna perdería tal derecho, si sobrepasa los límites establecidos.

En segundo lugar para el caso del compañero anterior seguramente se ha denegado por sobrepasar dos veces el salario mínimo sin más, suelen hacerlo a menudo, y sobre todo ahora que andamos con tanta crisis. Hay que impugnarlo y en la vista se hacen las alegaciones pertinentes y se presentan los documentos en que basa la impugnación. Muchas veces el abogado contrario, que representa a la administración, ni comparece.

Desconectado CESARSOL

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 3
  • Registro: 10/10/03
  • ¡Amo YaBB SE!
Re:SOBRE IMPUGNACIÓN DENEGACIÓN ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA.
« Respuesta #9 en: 25 de Enero de 2012, 21:40:12 pm »
La Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita suele equivocarse mucho ya que no reparan en el hecho de la discapacidad. Que no se preocupe tu amigo ya que le citan y sólo tiene que decir que ratifica su impugnación y que ha existido un error ya que por su discapacidad se le puede conceder no superando el cuadruplo del IPREM.

Es posible que incluso le digan que ratifique la impugnación firme y se valla y luego reciba la concesión.

Desconectado TRIGUN

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 4556
  • Registro: 20/10/07
  • Abogando
Re:SOBRE IMPUGNACIÓN DENEGACIÓN ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA.
« Respuesta #10 en: 25 de Enero de 2012, 23:05:29 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita suele equivocarse mucho ya que no reparan en el hecho de la discapacidad. Que no se preocupe tu amigo ya que le citan y sólo tiene que decir que ratifica su impugnación y que ha existido un error ya que por su discapacidad se le puede conceder no superando el cuadruplo del IPREM.

Es posible que incluso le digan que ratifique la impugnación firme y se valla y luego reciba la concesión.
No salió bien la impugnación, como era previsible, el corporativismo es grande y lo que diga la comisión va a misa para el juez.

saludos.
El cielo estaba tan estrellado, tan luminoso, que mirándolo no podía uno menos de preguntarse: ¿pero es posible que bajo un cielo como éste pueda vivir tanta gente atrabiliaria y caprichosa? Fiódor Dostoyevski.