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Autor Tema: licencia de obras a particular  (Leído 1392 veces)

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Desconectado wolfkaiser

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licencia de obras a particular
« en: 26 de Febrero de 2011, 20:31:12 pm »
Hola, he estado buscando la legislacion concreta que regula todo el tema de edificaciones y construcciones a nivel particular, concretamente de edificar en parcelas privadas, porque estoy preparando un recurso de reposicion contra un decreto de alcaldia que otorga licencia de obras a un particular, y queria saber que vulneracion de derechos puede suponer el que un particular edifique en su propiedad, como puede afectar a vecinos y demas. Todo esto es parte de una practica de derecho administrativo I, y tengo que simular ser el abogado del 3º, que es vecino colindante del que va a edificar y al cual ya se le ha otorgado la licencia, y yo digamos que he de invertarme el supuesto suponiendo que este al edificar va a causar x daños. No se si me he explicado bien, espero que si.
He buscado en la ley 30/92, en el Real Decreto 2187/1978, y no he encontrado nada, pues lo que busco es la norma que establezca supuestos en los que un particular pueda impedir, con el derecho en la mano, edificar a otro particular, en este caso su vecino (y posible interesado legitimo), bien porque el informe tecnico y juridico este mal hecho, bien por otras causas, como abuso de derecho etc etc.
Bueno muchas gracias y un saludo


Desconectado Ius-Uned

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Re: licencia de obras a particular
« Respuesta #1 en: 26 de Febrero de 2011, 23:15:02 pm »
Estimado wolfkaiser:

Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo.

Artículo 48. Acción pública.

1. Será pública la acción para exigir ante los órganos administrativos y los Tribunales Contencioso-Administrativos la observancia de la legislación y demás instrumentos de ordenación territorial y urbanística.

2. Si dicha acción está motivada por la ejecución de obras que se consideren ilegales, podrá ejercitarse durante la ejecución de las mismas y hasta el transcurso de los plazos establecidos para la adopción de las medidas de protección de la legalidad urbanística.

Para profundizar más en el tema, tienes que irte a la ley autonómica correspondientes, puesto que la Ley ut supra es a nivel Estatal, pero de obligado cumplimiento de las CCAA que deberán integrar en sus correspondientes normativas urbanísticas.

Saludos,

Desconectado serenaroca

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Re: licencia de obras a particular
« Respuesta #2 en: 27 de Febrero de 2011, 13:50:30 pm »
También has de consultar el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), del Ayuntamiento donde esté enclavado el solar.

Saludos y suerte.

Desconectado Sr. Bob

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Re: licencia de obras a particular
« Respuesta #3 en: 27 de Febrero de 2011, 17:49:06 pm »
Hay que darle la razón a IUS, pero también debes recordar que existe un reglamento de servicios de las E.L, una ley de Bases de Régimen Local y un largo etc. Recuerda también que las licencias son actos reglados y como tales, si cumplimos, cumplimos. Si hay perjuicios de terceros dificilmente el Ayuntamiento parará una obra, pues compete al juez correspondiente. Hay también un reglamento de disciplina urbanística de rango estatal que algo tiene todavía en vigor. Perdón por la expresión pero es jodida la práctica. Suerte.