He estado reflexionando sobre esta cuestión con la cabeza fría y no con la neuronas calentadas...
Cierto es que mi impresión de que la acusación particular y la fiscalía no han debido estar muy convincente, debe haber sido una acusación pobre y práctica de la prueba floja.
Sin embargo, me permito cambiar mi impresión (o al menos tener una duda razonable) con respecto a la actuación del Juez y su sentencia. El proceso penal moderno tiene unas garantías que han constado siglos alcanzar en nuestro país, mucho antes miles de inocentes (que sean inocentes de una acusación concreta no quiere decir que sean angelitos) entraron en presidio y otras muchas veces inocentes absolutos también pegaron por lo que no habían hecho. La no aparación del cuerpo es lo de menos, puesto que la muerte es lo que se deduce de la lógica humana, existen numerosas pruebas indiciarias (que suplen la falta de prueba de cargo), está la propia confesión de los imputados etc. Todo esto en principio era sufiente para condenar. Sin embargo, todos sabemos lo que supone el proceso penal y la vista penal: el Juez, CONFORME AL PRINCIPIO ACUSATORIO, INMEDIACIÓN EN LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA Y PRINCIPIO DE LEGALIDAD, no puede ni cambiar la calificación ni puede penalizar por hechos no probados. Es más, si se trata de JUSTICIA DE FONDO, todos sabemos que EL CUCO no es más que una mera marioneta en manos del otro principal acusado. Si sólo se ha podido demostrar ENCUBRIMIENTO, conforme al principio de legalidad, se le debe sancionar sólo por ese delito y la Ley del Memor es la que es, no la que nos gustaría que fuese. Si al CUCO se le hubiese condenado por homicidio o bien asesinato sin convencimiento del Juez y sin quedar probado en el contradicotrio de la prueba, hubiese sido un nefasto precendente para el Estado de Derecho y para el Derecho Penal porque se cargan el princpio de legalidad y el de culpabilidad.. El verdadero homicida doloso o bien asesino, resulta ser a buen seguro el mayor de edad. El Juez ha estado presente en todas las sesiones, ha habido inmediación en la práctica de la prueba, no tiene la culpa de que no se demuestren los hechos, y si no se demuestran ciertas acusasiones debe absolver de esas acusaciones. A lo mejor en el otro juicio se demuestra en la práctica de la prueba la autoría del otro acusado y le cae lo máximo, no sabemos.
Dentro del dolor de una madre que ha perdido a una hija de esa forma, que ni siquiera ha podido enterrar y despedirse, se equivoca invitando a un Estado no de justicia, sino justiciero, cuando dice "si no hay justicia judicial, que haya al menos la carcelaria".
Cabe pensar, al menos tener la DUDA JURÍDICA RAZONABLE, de que el Juez no ha hecho otra cosa que estar al princpio de legalidad, por duro que nos parezca.
UN SALUDO.