Hola:
Efectivamente, en la opción A, dice el nombre del administrador del librado/aceptante, por lo tanto contra él no se puede accionar, se puede accionar contra la empresa.
El avalista, avala a quien diga en el reverso de la letra, a no decir nada avala tanto al aceptante como al librador.
Tienes que tener claro, que el responsable de la letra, en principio es el librador, es el que ha tomado el dinero del TOMADOR, (el tomador, que suele ser un banco, le adelanta la cantidad al librador), por ello siempre puede accionar contra él.
Saludos,
jbr