Ni idea. Esto es lo que he encontrado...
exceptio: medio procesal que tiene el demandado para alegar un hecho que destruye la alegación del demandante.
replicatio: hechos que introduce el demandante en la fórmula, para desvirtuar los que se han incluido en la exceptio y, si se prueban, obtener la condenación del demandado.
Sabía lo de la exceptio, pero la replicatio ni por asomo. Al parecer no son lo mismo. Por cierto, dónde aparece lo de la replicatio en el libro?? Yo no la he visto...
