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Autor Tema: Herencia  (Leído 1424 veces)

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Desconectado Latosca

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Herencia
« en: 17 de Junio de 2011, 08:58:53 am »
Supuesto:
Matrimonio con un solo hijo discapacitado.
La esposa compra la vivienda habitual en el año 1974 con el consentimiento de su esposo, y la escritura se hace a nombre de la esposa y se refleja esa autorización de compra en la citada escritura. El IBI viene a nombre de la esposa.

El esposo fallece y se abre el testamento.

De la vivienda se hace nueva escritura al 50% para la esposa y el hijo.

Preguntas:

¿Es correcto poner la escritura a nombre de la esposa y del hijo?
¿La autorización del esposo no vale como que la vivienda es solo propiedad de la esposa, por lo que no procederia a modificar la escritura en tanto no fallezca la misma?

Por favor si alquien puede aclarar esto se lo agradeceria.



Desconectado abogadounedbcn

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Re: Herencia
« Respuesta #1 en: 17 de Junio de 2011, 10:10:46 am »
Buenos dias Latosca,

Para poder responder a tu pregunta, es necesario saber el regimen economico matrimonial de dicho matrimonio

Saludos

Abogadounedbcn
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Desconectado jbr

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Re: Herencia
« Respuesta #2 en: 17 de Junio de 2011, 14:25:45 pm »
Hola:

  Cuando estamos hablando de materia civil es muy importante saber la vecindad civil, para saber qué derecho es el aplicable.

  Suponiendo que sea de vecindad civil, como muy bien dice abogadounedbcn, habría que ver qué régimen matrimonial tenían.  Cuando dices que la escritura está el 50% de la esposa y el 50% del hijo, hay que ver esa escritura quién la otorgó y en concepto de qué, compraventa, herencia, donación...

  Que tenga la autorización del esposo no significa nada, pues en 1974 y hasta creo que casi el 80, la esposa necesitaba la autorización del marido para realizar muchos actos, como por ejemplo tener una cuenta corriente, sacar dinero de la cuenta, viajar en avión, salir al extranjero, etc. Para que después digan que las épocas pasadas fueron mejores.

  Saludos cordiales,

  jbr
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Desconectado Latosca

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Re: Herencia
« Respuesta #3 en: 20 de Junio de 2011, 11:02:43 am »

El regimen economica es de bienes gananciales.

Saludos

Desconectado esmentat

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Re: Herencia
« Respuesta #4 en: 20 de Junio de 2011, 14:37:55 pm »
La escritura es de disolución de la sociedad conyugal y adjudicación de herencia.
Por lo que dices se adjudicó una mitad a la esposa e hijo.
Al ser gananciales el matrimonio se adjudicó la finca entera "para su sociedad conyugal". No es que una mitad fuera de la esposa, sino que la finca entera era de la sociedad conyugal.
Al fallecer el esposo, dejó el usufructo universal y vitalicio a la esposa y la nuda propiedad al hijo.
Ahora en la herencia han adjudicado una mitad indivisa a la viuda en pago de su disuelta sociedad conyugal, así como el usufructo vitalicio de la otra mitad de dicha finca; y al hijo la nuda propiedad de una mitad indivisa.
El hecho de que el esposo tuviera que consentir ya indica que compraba para su sociedad conyugal, ya que si hubiera consentido para que la mujer comprara el piso manifestando que el pago era con dinero privativo de ella no habría sido necesario otorgar la escritura de herencia.
De todas formas, por lo que dices, la escritura de herencia ya ha sido firmada, por lo que cualquier pregunta te recomiendo que se la hagas a la notaría.
De los datos que das he deducido esto, y si no es así es que faltan datos.
Saludos,