En el aspecto jurídico, el positivismo apuesta como su nombre indica por "lo puesto". Las leyes no se discuten, simplemente se acatan. Si la ley dice que tienes que cortar cabezas, tienes que cortar cabezas y no puedes actuar de otra manera.
En el Iusnaturalismo se busca un fundamento racional, moral, filosófico, religioso, etc. como base de un derecho civilizado.
El historicismo explica las leyes por su contexto histórico. Y lo que vale hoy, en la sociedad de esta época, puede no servir en el mañana. Y lo que valía en otras épocas, puede no ser válido en esta época. Todo depende del espíritu de los tiempos y del espíritu del pueblo. Zeitgeist y Volkgeist.
La película la he presentado, más o menos como lo plantean los manuales, donde por así decirlo "los buenos" son los segundos. Pero la cosa no es tan sencilla: el acatamiento por el acatamiento, cierto que a veces puede dar pésimos resultados, incluso resultados horrendos, pero introduce un elemento de estabilidad y seguridad jurídica muy importante. (Positivismo).
El Iusnaturalismo (y hablo no como corriente filosófica, sino de las consecuencias que supone asumirlo como doctrina jurídica oficial) supone una constante discusión de las leyes, una continua tensión, pues es obvio el peligro que supone que cada uno puieda decidir si acata o si no, si aplica o si no aplica las leyes vigentes, según le vea o no, suficiente fundamento religioso, racional, filosófico, moral, etc.
Y el historicismo, lo veo como una especie de variante del positivismo, según el cual las leyes tienen su fundamento en el contexto socio-histórico y en la moral imperante del tiempo y del lugar donde se aplican. Deducción: el contexto socio-histórico demanda unas leyes y éstas no se discuten, sino que simplemente se acatan.