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Autor Tema: Duda Sociedad Comanditaria por acciones  (Leído 1843 veces)

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Desconectado Li

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Duda Sociedad Comanditaria por acciones
« en: 03 de Septiembre de 2011, 00:38:45 am »
Hola a todos, tengo una duda, he estado haciendo unos exámenes de años anteriores y resulta que hay una pregunta que dice:

La sociedad comanditaria por acciones:
-Está regulada en el Código de Comercio.

y otra;

La Sociedad comanditaria por acciones, se rige en lo no previsto por su regulación específica:
-Por la Norma de la Ley de Sociedades Anónimas.

Bueno, partiendo de que la Ley de Sociedades Anónimas como tal ya no existe, sino que es la Ley de Sociedades de Capital, pero me daría igual, porque en un enunciado se afirma que está regulada en el Código de Comerco, y en otro dice que tiene regulación específica y que lo que no esté previsto en esta se rige por la Ley de Sociedades Anónimas?¿?

Lo estoy entendiendo mal? puede que a estas alturas ya esté "hocicada" y no me entere muy bien de las cosas.

Gracias de antemano.


Desconectado Conde63

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    • Carlos Alfonso López Mendoza (Abogado)
Re:Duda Sociedad Comanditaria por acciones
« Respuesta #1 en: 03 de Septiembre de 2011, 01:15:23 am »
Como tú bien dices, es una pregunta de años anteriores y en este caso, obsoleta. Las sociedades comanditarias por acciones ESTABAN reguladas en los arts. 151 a 157 del Código de Comercio, los cuales han sido derogados por el RD legislativo 1/2010 de 2 de julio que aprobó el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Cualquier referencia a la LSA o la LSL ha de entenderse ya referida a la nueva LSC, que refunde ambas leyes, pero también lima diferencias, la coordina con la LME e incorpora las soluciones que venía dando la jurisprudencia: es algo más que una yuxtaposición de textos legales. Puedes consultarlo en cualquier código o compendio legal actualizado: los libros de texto suelen ir más lentos. ;)
Artículo 1. Sociedades de capital.
1. Son sociedades de capital la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y la sociedad comanditaria por acciones.

2. En la sociedad de responsabilidad limitada, el capital, que estará dividido en participaciones sociales, se integrará por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.

3. En la sociedad anónima el capital, que estará dividido en acciones, se integrará por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.

4. En la sociedad comanditaria por acciones, el capital, que estará dividido en acciones, se integrará por las aportaciones de todos los socios, uno de los cuales, al menos, responderá personalmente de las deudas sociales como socio colectivo.

El pensar que tú me piensas me hace cierto,
más verdad que un pensamiento en la penumbra.

Desconectado Li

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Re:Duda Sociedad Comanditaria por acciones
« Respuesta #2 en: 03 de Septiembre de 2011, 01:25:31 am »
ok, muchas gracias!

Desconectado Conde63

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    • Carlos Alfonso López Mendoza (Abogado)
Re:Duda Sociedad Comanditaria por acciones
« Respuesta #3 en: 03 de Septiembre de 2011, 12:07:59 pm »
De nada, Li. Hacer test de años anteriores es un buen entrenamiento, pero hay que vigilar los cambios legislativos y tú ya habías intuido la respuesta correcta. Suerte. ;)
El pensar que tú me piensas me hace cierto,
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