¿Es que acaso una Fundación o una asociación de interés general no puede tener beneficios? Creo que confundes interés general e interés particular, con no obtener beneficios y obtenerlos respectivamente, cuando la diferencia fundamental entre unas y otras consiste en el destino que se le da a esos beneficios. En el primer caso se dedican a alguna labor de interés general y en el segundo se reparte entre los propietarios de la empresa.
Saludos