¿Qué habeis puesto en la última pregunta? Yo la verdad no me enrollé mucho. He puesto que si puede reconocer al hijo en testamento, que presentándolo ante el encargado del Registro Civil se le otorga la filiación al hijo Y celebrado el matrimonio de sus progenitores, si fuese el caso no lo detallaba la pregunta, adquiere la condición de hijo matrimonial con efectos de la fecha de matrimonio .
El disparate no creo que esté tan mal. Quizás tenía que haberme enrollado más.