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Autor Tema: Examen Dipr. 7 septiembre 2001  (Leído 2178 veces)

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Desconectado Conde63

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Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« en: 07 de Septiembre de 2011, 14:39:06 pm »
Como veo que nadie inicia el post...¿Estáis todos aprobados en junio? Lo inicio yo. No me he traído enunciados. Asi, de memoria, recuerdo.
Art. 16.1 Cc. La solución española a los conflictos internos.
El Orden Público: alcance y contenido.
Supuestos patológicos de doble nacionalidad.
Alegación y prueba del Derecho extranjero. Solución española.
Los casos:
1) Litispendencia y posible conexidad: demandante y demandado en España e Italia. Proceso que se inicia en Italia. Materia: daños extracontractuales. Pregunta sin se puede iniciar un proceso con el mismo objeto y causa en España y mediante qué instrumento y por qué foro. Yo he contestado con el 44/2001 y que el segundo tribunal tiene que suspender el proceso hasta que el primero se declare competente y que puede serlo por posible demanda reconvencional. Foro general de domicilio del demandado, aunque cabe (se me olvido) el especial por razon de la materia (cuasidelictual)
2) Reconocimiento de sentencia canadiense. Instrumento para su reconocimiento y ejecución en España. Contesto Tratados o 954-957 de la LEC 1881. No procede Reglamento por demandado extracomunitario.
De momento no he constatado muchos errores. Estoy contento. :)

El pensar que tú me piensas me hace cierto,
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Desconectado palangana

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #1 en: 07 de Septiembre de 2011, 15:22:20 pm »
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2) Reconocimiento de sentencia canadiense. Instrumento para su reconocimiento y ejecución en España. Contesto Tratados o 954-957 de la LEC 1881. No procede Reglamento por demandado extracomunitario.
De momento no he constatado muchos errores. Estoy contento. :)

Hola Conde 63, disculpa la intromisión, no veo errores graves y el examen ha sido a mi entender bonito de hacer y nivel medio. No obstante, no me ha gustado la expresión "no procede Reglamento por demandado extracomunitario", puesto que esta expresión la entiendo más apropiada para la problemática de la competencia, no así para la problemática del reconocimiento y ejecucuión de resoluciones extranjeras...a mi entender y gusto hubiese puesto "NO PROCEDE aplicar Reglamento AL SER RESOLUCIÓN EXTRANJERA QUE NO PROVIENE DE ESTADO MIEMBRO DE LA UE" (esto es, por ser resolución extracomunitaria no concurre el princpio de confianza). Por otro lado, hubiese puesto que procede aplicar EN DEFECTO DE TRATADO, de no haberlo, se aplicará el derecho propio autónomo para reconocimiento y ejecución de resoluciones extranjeras no comunitarias en España (arts 951 al 957), siendo los requisitos los indicados en el art. 954 para el exequátur (al incluir el art 951 y 952 das cobertura al régimen de reciprocidad, yo creo)

Un saludo y suerte. Disculpas.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado Conde63

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #2 en: 07 de Septiembre de 2011, 16:59:04 pm »
Tienes razón, compañero. Es más acertada tu respuesta. Puse "demandado comunitario" porque es la condición de aplicación general del Reglamento, salvo en los casos de sumisión expresa, pero es más correcto así. Yo empleé la palabra "extracomunitario" me parece, para designar al caso, así que, a lo mejor cuela. En cuanto a lo de la reciprocidad, según el libro, se ha convertido prácticamente en una cláusula de estilo, ya que es difícil de demostrar y poco "amistosa": pero vuelves a tener razón. Lo que sí he hecho es poner todas las condiciones del 954 de la LEC 1881, en defecto de Tratado. Gracias por tus apreciaciones. Un saludo. ;)
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Desconectado palangana

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #3 en: 07 de Septiembre de 2011, 17:45:14 pm »
Son matices, pero no creo  que tenga mayor importancia (ni debe tenerla) puesto que LO PRINCIPAL (identificación de la materia, problemática e instrumento de aplicación) está indicado. Un saludo, suerte y ánimo para lo que quede  :)
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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #4 en: 07 de Septiembre de 2011, 19:51:49 pm »
Hola:

¡Que susto! Cuando leí el enunciado pensé: ¡Si yo no hice ese examen, el mio era distinto!. Evidentemente, yo sólo tenia la 2ª PP. A ver si me acuerdo de los enunciados:

1) Reconocimiento de las personas jurídicas.
2) Forma de celebración del matrimonio entre español y extranjero en España.
3) La forma testamentaria.
4) La noción de materia contractual.

De los casos, el primero sobre reconocimiento de una sentencia de divorcio en Francia entre Español y Frances a efectos de inscripción en el Registro Civil, creo.
Y el segundo, sobre sustracción internacional de menores.

Espero que sean generosos corrigiendo y pueda llegar al cinco. O en su defecto, hagan la media con la 1ª PP si me falta poco...

Un saludo.


Desconectado Conde63

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #5 en: 07 de Septiembre de 2011, 19:58:15 pm »
Gracias, Palangana. En el segundo parcial saqué un 7 y los casos los hice de pena. Así que, en pura lógica, la cosa tiene que ir mejor. Pero si quieres que te diga la verdad, la nota es lo de menos: con terminar me doy por satisfecho. Solo me queda el primer parcial del Prácticum de Mercantil que no pude hacer en su día porque no me encontraron lugar donde hacer las prácticas presenciales. Total, que ya voy tarareando el Gaudeamus y pensando en cómo me sentará el negro (por la toga). Jesús, qué apuros... :P
Para el compañero del segundo parcial: veo dos de las preguntas que me suenan mucho: la 2 y la 3, creo que las hice en el parcial. La cuarta es bastante fácil. La primera me suena menos: pero habiendo dormido tres horas la noche pasada tampoco.  puedo pedirle peras al olmo. OTROSÍ DIGO: para nada quisiera desanimarte: suelen ser generosos con las notas, pero a mí, con un tres en el primer parcial y un 7 en el segundo, no me hicieron media, pero lo cierto es que el primero lo hice de pena. Suerte. ;)
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Desconectado Bético

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #6 en: 07 de Septiembre de 2011, 20:18:59 pm »
Pues, a groso modo, coincido contigo conde63. Yó también he puesto que es un caso de litispendencia. El segundo caso se contesta con el Reglamento 2201/2003 y con el Convenio de La Haya.

A las preguntas de desarrollo he contestado a las tres primeras y creo que están aceptables. De todas maneras espero que sean buenos y que entiendan que tenemos que terminar para que no nos pille la dichosa reforma, por lo menos ese es mi caso. Suerte.

Desconectado Conde63

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #7 en: 07 de Septiembre de 2011, 22:06:51 pm »
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Pues, a groso modo, coincido contigo conde63. Yó también he puesto que es un caso de litispendencia. El segundo caso se contesta con el Reglamento 2201/2003 y con el Convenio de La Haya.

A las preguntas de desarrollo he contestado a las tres primeras y creo que están aceptables. De todas maneras espero que sean buenos y que entiendan que tenemos que terminar para que no nos pille la dichosa reforma, por lo menos ese es mi caso. Suerte.
El 2201/2003 es el de divorcio, separación y responsabilidad parental y además la resolución no procedía de Estado comunitario sino de Canadá. Habrá sido un lapsus.
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Desconectado miguelon

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #8 en: 07 de Septiembre de 2011, 22:34:27 pm »
No tengo nada que decir. Solo entré para aprovechar la ocasión y saludar a un de esos buenos compañeros de tantos que hay por aquí.

Saludos Conde, espero y deseo que te haya salido todo bien. Mañana voy a una de esas asignaturas que tu bordas (a mi se me da regulín), Mercantil II en su segundo parcial.

Lo dicho saludos y te deseo lo mejor.

Desconectado Conde63

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #9 en: 07 de Septiembre de 2011, 22:57:37 pm »
Mucha suerte, Miguelón. En mi caso no se debe a ningún talento especial: simple cabezonería y echarle horas, aunque este año, por diversas circunstancias, no le he dedicado el tiempo que "suelo". Céntrate en Concursal y en la Letra: es de lo que más preguntan. Procura controlar los nervios. Saludos  ;)
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Desconectado jacmat

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #10 en: 08 de Septiembre de 2011, 12:17:43 pm »
¡Hola Conde!

Curioso, a mí sólo me queda el primer parcial de dip (¡vidas paralelas!)

Decirte que los casos prácticos los he contestado como tú, con la misma línea argumental, salvo que puse foro especial por razón de la materia en el primero.

Las preguntas de desarrollo creo que más o menos con contenido, esta asignatura me parece de las más complicadas por extensión y variedad de situaciones, me atrapa la secuencia de hechos de los casos, pero me abruma el control que hay que desplegar para atar las soluciones correctas.

Mucha suerte en el prácticum de mercantil, ¡qué digo suerte...!, la duda es si te pondrán sobresaliente o MDH.

Un honor (si todo sale bien, toco madera) licenciarse contigo.

¿Tienes previsto iniciar nueva andadura profesional con toga y puñetas? yo estoy empezando a mirar posibilidades, aunque por ahora bastante negro lo veo, ya veremos.

Un saludo,


Que haya suerte en los exámenes. porque como haya justicia...

Desconectado Conde63

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #11 en: 08 de Septiembre de 2011, 17:55:11 pm »
Gracias por tus buenos deseos para conmigo, Jatmat. Lo de la MH en el Prácticum va a ser que no porque me cascaron un cinco el el segundo parcial, pese a que creo haber hecho un examen bastante bueno. No sé, debí hacer algo que les molestó. Así que, aquí me tienes, repasando casos para mañana: intentando saberme el papel y no tropezar con los muebles, como decía Hitchcock que debían hacer los actores. Me alegro que te acordaras de poner el foro especial "materia delictual o cuasidelictual" es decir daños extracontractuales, art. 5.3 del Reglamento 44/2001. Es un foro compatible con el general del domicilio del demandado. Un abrazo, me vuelvo al tajo. ;)
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Desconectado jacmat

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #12 en: 08 de Septiembre de 2011, 18:09:59 pm »
Algo raro debió pasar en ese parcial, deberías haber reclamado, leyéndote cuando contestas a los compañeros se nota que dominas la materia más allá de lo que un buen estudiante debe hacer, se nota que la disfrutas y manejas, tus explicaciones son muy buenas porque son fundamentadas.

De todos modos, mañana tienes la ocasión de desquitarte, y piensa que el premio final está ahí a lado.

Si me permites un consejo, a mí me fue muy bien leer los casos prácticos que pusieron en el curso virtual, de hecho en cada prueba presencial una de las dos preguntas era uno de ellos.

Venga, un último repaso y mañana déjales bocabuzón.

Ya me contarás, un saludo.
Que haya suerte en los exámenes. porque como haya justicia...

Desconectado Torzon2004

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #13 en: 08 de Septiembre de 2011, 18:47:38 pm »
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Hola:
Al final creo que no lo hice tan mal. Salvo que penalicen el ser esquemático y escueto, que creo que al contrario. La cuarta pregunta no he sido capaz de encontrarla, (tampoco he buscado mucho). La primera hace referencia a los requisitos de las empresas extranjeras para operar en España, y a la necesidad o no de inscribirse en el Registro Mercantil.

Yo al revés, en la 1ªPP saqué un 6,8 y en la segunda un 3. También lo hice fatal. Así que tengo esperanza con el examen de ayer.

Suerte mañana con el Practicum.

Desconectado Bético

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #14 en: 08 de Septiembre de 2011, 18:51:28 pm »
Yó es que he tenido que hacer ambos parciales y me hago un lío con ambos exámenes. La segunda respuesta era el tema de Canadá, es cierto. He contestado lo mismo que tú, que era necesario el procedimiento de exequátur del 955 al 958 LEC.

Desconectado Conde63

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    • Carlos Alfonso López Mendoza (Abogado)
Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #15 en: 08 de Septiembre de 2011, 19:55:34 pm »
Muchas gracias, compañeros. Lo único "raro" que contenía mi examen era una pequeña nota al Departamento donde explicaba lo que me había ocurrido con el Prácticum, rogando una solución justa para la situación producida. Entiendo que si la UNED ofrece dos modalidades para el mismo, ha de poder hacer ambas viables y si no es así, que el alumno no sea perjudicado. El tono de la nota era muy respetuoso e incluía una disculpa por el medio utilizado. No reclamé el exámen, pero me sorprendió tanto la nota que pregunté en un correo si se trataba de la solución justa a mi petición, es decir, si tenía o no la asignatura aprobada. Reiteré la consulta, pero no hubo contestación. Como en mi expediente no figura como aprobada, me presento mañana al primer parcial que no hice porque esperaba que hubiera una entidad que pudiera acogerme: eso es todo.
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Desconectado mcg

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Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #16 en: 08 de Septiembre de 2011, 20:47:09 pm »
Conde, mucha suerte para el practicum. ;)

Desconectado Conde63

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    • Carlos Alfonso López Mendoza (Abogado)
Re:Examen Dipr. 7 septiembre 2001
« Respuesta #17 en: 08 de Septiembre de 2011, 22:42:30 pm »
Muchas gracias de nuevo. Sois increibles. :)
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