Totalmente de acuerdo contigo JBR, y lo digo por experiencia, además de todo lo que tú dices, gastos originados, léase médicos, farmaceúticos, desplazamientos, etc, y da igual que haya sido fuera del trabajo que dentro, tienen que indemnizarte a razón de "x "€ cada día de baja impeditiva y a "y " € el día de baja no impeditiva, si lo hubiese, y luego sumar el factor de corrección por pérdidas económicas y los puntos de secuelas si los hubiere. El precio de cada uno de estos puntos lo encuentras en el BOE, anualmente son revisados y actualizados.
Un saludo y a pelear.