;

Autor Tema: POST OFICIAL CIVIL II - 11/12  (Leído 106437 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #240 en: 16 de Noviembre de 2011, 18:15:39 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Quiere decir que las obligaciones naturales no conceden acción al acreedor para reclamarlas, pero una vez pagadas por el deudor, éste no puede después exigir su devolución o, lo que es lo mismo, el acreedor puede retener el pago, quedarse con lo obtenido. Vamos, que santa Rita, santa Rita, lo que se da no se quita.

Saludos

Perfecto, muchas gracias.


Desconectado adodu1

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 11495
  • Registro: 23/10/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #241 en: 16 de Noviembre de 2011, 18:20:53 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola, a ver si alguien sabe decirme;

Cuando habla de las obligaciones civiles y naturales, estas segundas no conceden acción alguna para poder reclamadas por su titular pero sí se puede retener el pago.

A qué refiere con retener el pago, no entender mi.

OBLIGACIONES NATURALES: Son aquellas obligaciones en donde el acreedor está desprovisto de una acción para exigir el cumplimiento de la prestación, pero en el supuesto que el deudor pague voluntariamente, el acreedor puede retener lo que se le ha pagado como cumplimiento de la obligación.
 

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #242 en: 16 de Noviembre de 2011, 18:22:36 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
OBLIGACIONES NATURALES: Son aquellas obligaciones en donde el acreedor está desprovisto de una acción para exigir el cumplimiento de la prestación, pero en el supuesto que el deudor pague voluntariamente, el acreedor puede retener lo que se le ha pagado como cumplimiento de la obligación.

No si yo en el google sé buscar la definición pero se agradece. ;)

Desconectado nogarde

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 492
  • Registro: 12/09/11
  • www.uned-derecho.com
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #243 en: 17 de Noviembre de 2011, 14:19:46 pm »
Onaiplu, podrías mandarme la recopilación de pregúntas que has hecho?? O alguien que las tenga?? gracias: noemigarcia84@hotmail.com

Desconectado Onaiplu

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 1572
  • Registro: 05/07/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #244 en: 17 de Noviembre de 2011, 14:51:54 pm »
Tendrá que ser mañana, hoy estoy de viaje, cuenta con ellas.

Desconectado canariote

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 412
  • Registro: 10/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #245 en: 17 de Noviembre de 2011, 21:25:03 pm »
Hola ¿Me las puedes mandar a mí también? Saludos

Desconectado silvia.a

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 214
  • Registro: 21/09/11
  • www.uned-derecho.com
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #246 en: 19 de Noviembre de 2011, 17:34:43 pm »
Alguien me puede decir si hay algún post exclusivo para el desarrollo de los casos prácticos del practicum??

Un saludo. silvia

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #247 en: 19 de Noviembre de 2011, 18:03:17 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Alguien me puede decir si hay algún post exclusivo para el desarrollo de los casos prácticos del practicum??

Un saludo. silvia

No no lo hay, pero no estaría mal ir exponiendo aquí las dudas de los casos o en otro post nuevo para el practicum...

Yo todavía no tengo el practicum :(

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #248 en: 19 de Noviembre de 2011, 20:25:44 pm »
No entiendo muy bien en el tema 1 cuando explica la obligación natural: La jurisprudencia del TS, alguien me lo puede explicar? enumera dos sentencias del TS.

Desconectado leiorgar

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 733
  • Registro: 17/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #249 en: 19 de Noviembre de 2011, 23:17:05 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
No entiendo muy bien en el tema 1 cuando explica la obligación natural: La jurisprudencia del TS, alguien me lo puede explicar? enumera dos sentencias del TS.

Hola,

Estoy igual con las obligaciones naturales, por más que lo leo no acabo de entenderlas.
¿Por favor alguién puede explicarlas así como para "cortitos"? De verdad que no acabo de entenderlas. ¿Algún ejemplo??

Muchas gracias
A nadie le faltan fuerzas; lo que a muchísimos les falta es voluntad. Víctor Hugo

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #250 en: 20 de Noviembre de 2011, 17:04:04 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola,

Estoy igual con las obligaciones naturales, por más que lo leo no acabo de entenderlas.
¿Por favor alguién puede explicarlas así como para "cortitos"? De verdad que no acabo de entenderlas. ¿Algún ejemplo??

Muchas gracias

Leiorgar creo que no tenemos suerte y nadie echa una mano...

Yo creo que las obligaciones naturales son aquellas que no nos obliga la ley a cumplirlas, si tú me prestas 50€ y te digo el mes que viene te los pago, es una obligación natural, no puedes obligarme por vía judicial, sólo está en mí el pagarte la deuda, digamos que es un deber moral, no te puedes respaldar en la ley para hacerme cumplir con esa obligación

Y las civiles serán las contractuales, o sea tienen el apoyo de la ley para que sean cumplidas.

No sé si  me has entendido, lo he liado más, pero como nadie dice nada...

Lo que no entiendo son las sentencias del TS, obligaciones naturales que se convierten en ogligaciones civiles?  :-\

Desconectado mesuri

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 71
  • Registro: 23/10/10
  • No hay ley sin agujero para quien sabe encontrarlo
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #251 en: 20 de Noviembre de 2011, 17:28:09 pm »
Yo entiendo  las obligaciones naturales son aquellas que se tienen digamos por la naturaleza de la relacion existente, es decir

Desconectado mesuri

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 71
  • Registro: 23/10/10
  • No hay ley sin agujero para quien sabe encontrarlo
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #252 en: 20 de Noviembre de 2011, 17:31:00 pm »
son como las obligaciones para con los hijos, son naturales, son deberes morales y de conciencia, independientemente de que la legislacion civil se pronuncie sobre ello. Vamos eso me parece entender a mi.

luisa64

  • Visitante
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #253 en: 20 de Noviembre de 2011, 17:53:49 pm »
No, Raúl, el ejemplo que pones no es una obligación natural, sino una obligación civil sin más. Si tú prestas 50 euros a un amigo, tu amigo está obligado a devolvértelos y tú tienes derecho de acción para acudir a los tribunales y exigírselo. Sería, en definitiva, un contrato de préstamo, un contrato civil que genera una obligación civil con todas sus consecuencias. Otra cosa es que tú se los regales, en cuyo caso sería una donación, pero no un préstamo.

La obligación natural tiene más que ver con un deber moral, un compromiso unilateral de realizar alguna prestación a favor de otra persona sin obligación legal de hacerla. En el caso de la sentencia del TS del 17 de Octubre de 1932, fíjate que quien dejó preñada a la huérfana podía simplemente haber pasado del tema. Nadie le hubiera podido exigir judicialmente nada. Sin embargo, entendió que tenía un deber moral -que nadie podía exigirle, insisto-, y decidió unilateralmene prestarle auxilio económico. No tenia obligación legal de hacerlo, pero lo hizo porque entendió que era un deber moral que debía compensar patrimonialmente: una obligación natural. Pero el hombre, además, le hizo una promesa formal de mantener esa pensión, lo que convirtió la obligación natural -obligación que no podía exigirse judicialmente porque ella no tenía acción contra él-, en una obligación civil -una promesa de entrega de la pensión-, que cuando él dejó de cumplir -dejó de pagar la pensión-, le confería a ella acción para reclamarla judicialmente.

En la segundo sentencia de 5 de Mayo de 1958, a la heredera única le encarga la causante que le pague ciertas cantidades periódicamente a otros parientes. La heredera podía no haberlo hecho y nadie se hubiera enterado, en cuyo caso, se acabó el asunto. También podría haberse limitado a pagar esas cantidades sin dar más explicaciones, en cuyo caso estaría cumpliendo una obligación natural que no confiere a esos otros parientes acción para exigir esa percepción periódicamente, aunque la heredera tampoco puede exigir la devolución de lo pagado hasta ese momento. O podría haber enviado una cartas explicando la solicitud de la causante y su compromiso de pagarles periódicamente esas cantidades, lo que convertiría la obligación natural en obligación civil y, por tanto, en exigible en el caso de que dejasen de realizarse los pagos periódicos.

No sé si me he explicado bien.

Saludos 

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #254 en: 20 de Noviembre de 2011, 17:57:11 pm »
Muchas gracias,  te has explicado perfectamente.

Desconectado RobertMAD

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 4260
  • Registro: 19/07/09
  • RobertMAD
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #255 en: 20 de Noviembre de 2011, 18:02:05 pm »
Vamos a ver… explicando lo que yo entiendo por obligación natural.

Imagina que tú y yo salvamos de ahogarse en la playa a una persona, un día, el que sea, por la mañana. Esa tarde yo voy paseando, y me encuentro con esa persona, y me da (a mí) 200 euros porque está agradecida. A ti ni te nombra… Solamente da las gracias, más gracias y muchísimas gracias, y me pone en la mano 200 euros.

Yo, cuando te veo, te lo cuento y te doy 100 euros, porque me veo en cierta forma obligado moralmente. Sin embargo, luego me lo pienso, y digo: “mejor me quedo yo con los 200 euros”.

Pues bien. Se dan dos cosas en esta obligación, que sería natural:

- si yo no te doy los 100 euros, tú no puedes reclamármelos, porque yo no tengo ninguna obligación “jurídica” para dártelos ni la persona que me los dio me dijo que 100 para mí y 100 para ti. En todo caso, yo te los daría si considero que estoy obligado “moralmente”.

- pero dándote los 100 euros, si luego me lo pienso y me digo: “la verdad que yo estoy mejor con 200 euros que con 100 euros”, yo no puedo repetir el pago si lo he hecho (es decir, yo no puedo reclamarte los 100 euros si te los he dado).

Con estos dos puntos anteriores, se da lo característico de las obligaciones naturales: no hay responsabilidad (no hay obligación jurídica) de la deuda (que es moral), y se da la irrepetibilidad del pago (es decir, la imposibilidad de reclamarte que me devuelvas los 100 euros si te los he dado).

Además, hay otra característica de las obligaciones naturales. Pudiera pasar que yo esa tarde cuando te viera me callara lo de los 200 euros. En una obligación digamos “normal”, como sabes, hay plazo de prescripción: en una natural no. Luego en una obligación prescrita de un préstamo de dinero, si yo te lo devuelvo, como ya está prescrito el préstamo, surgiría una nueva, que sería una donación. Sin embargo, en el ejemplo de los 100 euros, por ser una obligación moral, no hay plazo de prescripción, y el darte ese dinero dentro de un tiempo no haría surgir una nueva obligación, sino que sería la misma.

Eso es una obligación natural o, al menos, lo que yo entiendo que es una obligación natural.

Un saludo.
RobertMAD

Desconectado mesuri

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 71
  • Registro: 23/10/10
  • No hay ley sin agujero para quien sabe encontrarlo
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #256 en: 20 de Noviembre de 2011, 18:04:10 pm »
Explicacion mucho mejor que la mia, y mas o menos confirma, lo que entendia yo. Gracias

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #257 en: 20 de Noviembre de 2011, 18:32:56 pm »
Gracias a todos por la explicación

Desconectado leiorgar

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 733
  • Registro: 17/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #258 en: 21 de Noviembre de 2011, 09:31:16 am »
Muchas gracias, me voy enterando poco a poco....

Saludos a todos
A nadie le faltan fuerzas; lo que a muchísimos les falta es voluntad. Víctor Hugo

Desconectado Jimmy Page

  • Usuario VIP
  • *
  • Mensajes: 1117
  • Registro: 10/08/09
Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #259 en: 21 de Noviembre de 2011, 16:52:58 pm »
¿El prácticum está en algún sitio o hay que gastarse la pasta? :D