En los delitos de hurto, o juicio por faltas no tienen en cuenta la atenuante de estados depresivos o medicación por estos motivos, así considera el fiscal, que a pesar de estar medicándose, no es motivo relevante para considerar que una persona a robado, o defraudado con tarjetas. Para otro tipo de delitos sí es relevante, pero para el robo y el hurto no lo es, el que defrauda sabe perfectamente lo que está haciendo, no es una causa justificativa de dicha falta o delito, si además han sido reitaradas 3 faltas por este motivo en el mismo año, la eximente de la medicación ES IRRELEVANTE. SALUDOS.