Hola :
Tengo un caso entre manos del que me surten dudas.
El heredero universal de un edificio debe hacer entrega de un legado consistente en un piso y la mitad del ático consistente en dos habitaciones de más o menos con la misma superficie y una terraza común.
El edificio es antiguo y no tiene contadores para todas las entidades.
Las instalaciones de agua y luz que se deban realizar va a cuenta del heredero o de ambos a prorrata de sus respectivas cuotas de propiedad.
En el caso de las habitaciones del ático, a quién corresponde elegir, al heredero o al legatario, ya que no está determinado expresamente sino sólo la mitad.
Saludos.