Lidia no me acuerdo bien, pero si no me equivoco, es cuando existe mora del deudor durante más de un año. Ante ello, la problemática era que interés por demora se le aplicaba al monto de la deuda, ¿el del último año al total de la deuda o aplicarle el correspondiente de cada año a cada parte de la deuda? Si no me equivoco era la segunda opción.