Hola:
El despido objetivo lo he sacado yo. Estando totalmente de acuerdo con Palangana, no puedo dejar de estarlo con maras, pues creo que están diciendo los dos lo mismo.
Dicho esto, sigo con mi opinión, una cosa es lo que digan las leyes, otra lo que le convenga al trabajador y otra lo que la empresa pueda decir, por eso es por lo que se he sacado a la palestra el despido objetivo y es por lo que se le ha explicado las posibilidades que tiene el trabajador cuando se le presenta una papeleta de este estilo.
No podemos decir, nada, el trabajador tiene derecho a que no le reduzcan la jornada, eso se va a donde haga falta que lleva razón, ¿pero es lo que más le conviene al trabajador?, no lo sabemos, las circunstancias personales lo dirán y por eso me ha parecido bien decir todas las posibilidades.
Y decirle que le van a corresponder 45 días por despido improcedente es un poco arriesgado, simplemente porque como no acepte las condiciones por ejemplo, la empresa puede hacer muchas cosas..., y yo no estaría tan seguro que se indemnizara con 45 días por año, eso ya se vería, por lo tanto tampoco se puede asegurar que le corresponda 45 días por despido, hay que hacerle ver que la empresa puede “utilizar” otros medios y puede que lo despida sin un céntimo de indemnización..., eso es lo que he querido explicar con mi intervención, que no es “oro” todo lo que reluce.
Y no creo que haya que explicar cómo se despide a un trabajador sin indemnización después de no haber aceptado una propuesta de la empresa.
He entendido la pregunta como una consulta de alguien que le han propuesto una reducción de media jornada y que tiene 55 años, no como una pregunta de examen y por lo tanto hay que dejar claro todo lo que puede ocurrir para que él pueda decidir.
Saludos,
jbr