A grosso modo, yo entiendo la excedencia voluntaria en el trabajo como un permiso no retribuido, solicitado por el trabajador y concedido por la empresa, con una duración determinada y con o sin reserva del puesto de trabajo. Para solicitar la excedencia hace falta cumplir una serie de requisitos como un determinado tiempo en la empresa, el ET establece un año. No obstante no nos podemos fiar del ET ya que es una ley de mínimos y sus normas suelen ser superadas en la negociación colectiva, por lo que te aconsejo que mires el Convenio colectivo del sector a ver que condiciones establece para la excedencia voluntaria en el trabajo.
El requisito de permanencia en la empresa lo cumples, yo miraría más bien durante cuanto tiempo puedo solicitar la excedencia y sobre todo, sobre todo, me aseguraría de que se me reservara el puesto de trabajo, ¿cuál es la diferencia?, si tienes reserva en el puesto, cuando quieras volver a la empresa, te tienen que dar tu puesto de trabajo por que tienes derecho a el. Si no tienes reserva del puesto de trabajo la empresa sólo esta obligada a reintegrarte en la misma cuando haya una plaza vacante.
!Ojo¡ todo por escrito, que las palabras las lleva el viento.
Si en algo no estoy acertado espero que me corrijan, siempre se puede aprender de otros.
Un saludo