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Autor Tema: local en alquiler, inquilino no paga, y dona sus bienes para no ser embargado  (Leído 2740 veces)

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Desconectado AnaBeige

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Hay dos locales; el primero de ellos es de “nuestro cliente”, el cual está en alquiler a un individuo que justo alado tiene su propio local bar,  y el interés en el local de nuestro cliente es tenerlo como almacén de sus productos.  El dueño del local bar de alado, se le  lleva  demandado siete años habitándolo sin pagar las cuotas mensuales que oscilan a 500 euros usándolo como almacén de su bar, es decir no ha pagado las cuotas de alquiler y la deuda en este tiempo oscila en los 33.000 euros . El dueño del local alquilado, es decir nuestro cliente,  le comunicó que iba a proceder a denunciarlo, y en ese momento,  el local suyo de alado,  el bar, lo dona a su mujer, . Se supone el individuo sabría que por la deuda del alquiler de 33.000 euros,  podríamos solicitar embargo de bienes o algo así,  así que en el momento que sabía que se le iba a demandar,  procedió a DONAR el bar a su mujer.  Con lo cual,  el individuo se ah quedado prácticamente sin bienes embargables a su nombre porque no tiene más,  y a parte tampoco un duro con el que pagar la deuda de alquiler de los 7 años de uso que asciende a los 33.000 euros.  Por tanto perfectamente se le puede declarar en insolvencia.  Supongo que la clave de este caso está en esa DONACION DEL BAR a la mujer,  puesto que sería el único bien propio con el que se le compensaría el pagar la deuda, pero ¿ cómo se podría proceder para que el dueño del local alquilado reciba lo que le corresponda 33.000 euros, y por tanto el individuo que DONO el bar as u mujer,  pague lo que debe?. Gracias.



Desconectado res

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Re:local en alquiler, inquilino no paga, y dona sus bienes para no ser embargado
« Respuesta #1 en: 28 de Octubre de 2011, 13:34:35 pm »
Buenas tardes Ana, por lo que veo a simple vista, hay dos cuestiones diferenciadas. Por un lado hay una cantidad a reclamar por la via civil, respecto al contrato de alquiler, por las cuotas impagadas y demás. Por otro lado, creo que el señor del bar, al disponer a nombre de su esposa el negocio está incurriendo en un posible delito de alzamiento de bienes (puedes contrastarlo en el artículo 257 del Código Penal). En el procedimiento tendrá este señor que demostrar el motivo por el cual pasa a nombre de su esposa el negocio, pues es lícito donar, pero habría que ver la circunstancia. Sería conveniente poder demostrar que el señor sabía que le estaban requiriendo por impago en fecha anterior a la donación, (ejemplo burofax, denuncia por impago, o cualquier documento que acredite la fecha de exigencia del impago). Por otro lado, tambien sería conveniente, que si este señor es el que continua regentando el negocio, pues intentar demostrar que así es efectivamente (bien por fotos, entrega de algún documento por correo donde figure que es recepcionado por parte del susodicho,  testigos que acudan habitualmente al local y sean atendidos por él...). Creo que tendría que contratar un letrado  y empezar a reclamar, por estas dos vías.  Espero haber aclarado un poco la situación de tu cliente. Un saludo.

Desconectado AnaBeige

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Re:local en alquiler, inquilino no paga, y dona sus bienes para no ser embargado
« Respuesta #2 en: 30 de Octubre de 2011, 21:55:27 pm »
Gracias por la respuesta,  pero me surge una duda..... La donación ha sido a su propia esposa,  pero teniendo en cuenta que se trata de un matrimonio en régimen de gananciales,  ¿ no es una donación absurda?,  es decir,  que auqnue done a la esposa,  por ser régimen de gananciales TAMBIEN en un 50% le corresponde a él, y por lo menos esa mitad podría ser segura embargable?.... 

Desconectado manuelk0

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Re:local en alquiler, inquilino no paga, y dona sus bienes para no ser embargado
« Respuesta #3 en: 11 de Noviembre de 2011, 17:56:23 pm »
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Buenas tardes Ana, por lo que veo a simple vista, hay dos cuestiones diferenciadas. Por un lado hay una cantidad a reclamar por la via civil, respecto al contrato de alquiler, por las cuotas impagadas y demás. Por otro lado, creo que el señor del bar, al disponer a nombre de su esposa el negocio está incurriendo en un posible delito de alzamiento de bienes (puedes contrastarlo en el artículo 257 del Código Penal). En el procedimiento tendrá este señor que demostrar el motivo por el cual pasa a nombre de su esposa el negocio, pues es lícito donar, pero habría que ver la circunstancia. Sería conveniente poder demostrar que el señor sabía que le estaban requiriendo por impago en fecha anterior a la donación, (ejemplo burofax, denuncia por impago, o cualquier documento que acredite la fecha de exigencia del impago). Por otro lado, tambien sería conveniente, que si este señor es el que continua regentando el negocio, pues intentar demostrar que así es efectivamente (bien por fotos, entrega de algún documento por correo donde figure que es recepcionado por parte del susodicho,  testigos que acudan habitualmente al local y sean atendidos por él...). Creo que tendría que contratar un letrado  y empezar a reclamar, por estas dos vías.  Espero haber aclarado un poco la situación de tu cliente. Un saludo.

Los hechos se juzgan en presente no extemporaneos......