Una pregunta en relación a la desaparición de los dos niños en Córdoba. La madre se persona en la causa contra Bretón, se persona en el procedimiento y sin embargo no ha interpuesto "querella", ya que esto es una particularidad en el Abreviado que sólo afecta al ofendido o perjudicado. Si llegado el momento ( y Dios no lo quiera) aparecieran los niños muertos, y se pasará a procedimiento ordinario. ¿estaria obligada la madre (que ya estaba personada sin querella) a presentar la querella..."ipso facto", esto es inmediatamente? o como ya esta personada pues, ya nada. La lógica me dice que ya que esta personada, pues ni querella, ni nada, simplemente cuando finalice el sumario, que presente acusación y ya esta. Pero ni idea tengo vamos.