Expongo un caso,un despido procedente que presenta una empresa a una trabajadora,esta trabajadora denuncia a la empresa por ello(procedente).
Se inicia el juicio y la empresa muestra imágenes de video de la madre con la hija(menor 2 años) realizadas por un detective contratado por la empresa
Estas imágenes sirven de principal fundamento para la empresa,puesto que,muestran a la madre subiendo y bajando a la niña del coche,cogiendo en brazos....pero también durante el video se muestra a la madre realizando sola la compra,barriendo,conduciendo...es decir,imágenes en las que la trabajadora realiza x movimientos del brazo,que son motivo por el cual se le despide(estaba de baja).
Me gustaría que me aportarais vuestra opinión,acerca de: son necesarias las imágenes de la menor,cuando hay otras en las cuales,la empresa puede basar sus hechos o motivos de despido de la madre?
en mi opinión,existiendo otras imágenes,como ya se comenta,que justificarían el despido de la empresa a la trabajadora,no tienen porque aparecer las imágenes del menor,
Me he informado sobre sentencias sobre despidos basados en detectives privados y sus grabaciones y la verdad hay de todo,pero este no es el tema que expongo,sino,las imágenes que hace esa persona porque hay fotos también a la menor,hasta que punto están los menores protegidos ante estos casos? Podría denunciar la trabajadora a la empresa o al detective por las imágenes? Recordar que hay otras en las que no se muestra a la menor,aunque entramos en otro punto que no es objeto de mi pregunta voy hacer aclaraciones:la madre fue despedida por que estaba de baja laboral debido a una tendinitis del brazo y claro,no es lo mismo el peso de una bolsa de compra(hay imagen) que el de una menor,pero eso es otra cosa,me podéis dar opinión,gracias