He leido algo de lec y creo que es obligatorio
la figura de abogado yprocurador
1¿ cabe un proceso sin procurador ?
2 si se tiene que solicitar un proceso ante una administración pública , y el abogado
a puede el procurador tener a bien presentarlo , junto con copia del poder de pleitos y se presume la representación ,
b.-Expectativas de la profesión :
el procurador con la admon telemática y la firma digital , su futuro , será más pequeño del que tiene ahora .
c.- creo que no , pero cabe una persona abogado y procurador y gestor admvo .-
creo que no ,
d.-con las bases de datos de sentencias , la difierencia entre un abogado con mucha experiencia y prestigio y caro , se debe de acortar con un abogado reciente y barato .-? que pensaís ?
gracias, perdón las molestias.-