Desconozco el Derecho Catalan, pero sospecho que en esto no puede ser muy distinto del Común. En éste no es imprescindible que estén todos los herederos presentes en la "lectura", porque cada uno puede solicitar por su cuenta una copia de ese testamento, o sea, creo que puede haber tantas "lecturas" como herederos,

. Podrías pedir una copia de ese testamento yendo a cualquier notaría con el certificado de defunción.
Para adquirir algo de una persona fallecida, es obvio que deben vendértelo los herederos,
Supongo que este hilo lo pasarán al subforo de Debates jurídicos.
Saludos