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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12  (Leído 162308 veces)

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luisa64

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #620 en: 17 de Mayo de 2012, 07:57:01 am »
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A lo mejor es una tontería, pero me ha generado dudas.

En las páginas 864 y 865 del libro, en la letra pequeña, habla de fundamento de agravación no cualificado y de fundamento de atenuación no cualificado. Cuando en el párrafo de letra normal, encima del de letra pequeña, comenta el art. 66.1.7ª CP, habla de fundamento cualificado de atenuación y de agravación. ¿Qué diferencia hay entre que esos fundamentos sean cualificado o no cualificados?

Gracias y saludos

Entonces, ¿nadie sabe aclararme esta duda?

Saludos


Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #621 en: 17 de Mayo de 2012, 08:34:59 am »
Definición genérica:

 Cicunstancia agravante. Motivo legal para aumentar la responsabilidad penal del condenado.
Circunstancia atenuante. Motivo legal para disminuirla.

 Circunstancia cualificada atenuante o de agravación: recogida por el propio código penal...se produce cuando concurren atenuantes y agravantes a la vez en el caso...

 el juez debe decidir "cúal pesa más" se le cualifica...se le da mayor valor a la atenuación o a la agravación.

Desconectado Jennifeer

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #622 en: 17 de Mayo de 2012, 23:03:52 pm »
Una preguntilla, creeis que es necesario estudiarse los años de los delitos mas frecuentes en el libro o algo???

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #623 en: 18 de Mayo de 2012, 11:29:13 am »
Hola, hay por ahí algún esquema del tema 37 "derecho penal juvenil"?, se necesitan otros 3 meses para saberse el temita...

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #624 en: 18 de Mayo de 2012, 13:59:27 pm »
Ya los tengo, gracias Lidia...

Madre mía quien se aprende todos estos plazos...

Esperando que no sean muy duros el martes

Desconectado diaz15

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #625 en: 18 de Mayo de 2012, 14:20:10 pm »
¿En esta asignatura hay alguna quiniela?
Yo me presento la primera semana, ¿alguien más se apunta?
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Desconectado dangoro

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #626 en: 18 de Mayo de 2012, 14:26:29 pm »
¿Quiniela?. Yo voy a apostar por la D.

Si tengo dudas, marcaré la D, que es donde suele estar lo de "todas son correctas", "todas son falsas".



Desconectado diaz15

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #627 en: 18 de Mayo de 2012, 14:34:27 pm »

Lo siento, me equivocado con el post de Civil I... :o
Jajaja! Buena decisión dangoro.
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Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #628 en: 18 de Mayo de 2012, 17:11:43 pm »
Imagino que las preguntas del examen no serán en nada parecidas en cuanto a dificultad a las de otros años... 

Van a tener que bajar el aprobado al 3.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #629 en: 18 de Mayo de 2012, 22:46:52 pm »
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Imagino que las preguntas del examen no serán en nada parecidas en cuanto a dificultad a las de otros años... 

Van a tener que bajar el aprobado al 3.

  Yo confío que no. Fáciles supongo que no serán, pero creo que no será parecido al primer parcial, imagino que el equipo docente se ha dado cuenta que no es que seamos los peores alumnos del munco, sobre todo cuando el resto de las asignaturas (mejor o peor) las vamos sacando, sino que el examen no estaba dentro de lo que se debería  pedir o exigir para una asignatura de segundo de carrera.... Tengo un amigo juez y un vecino fiscal y ambos se quedaron impresionados con los exámenes del primer parcial..... de verdad creo que todos hemos aprendido la lección, nosotros que tenemos que ser políticamente correctos, porque la verdad es que hicimos muchos comentarios muy hirientes, es cierto que la actitud en los foros oficiales al principio del curso fueron cuasi insultantes, remitiéndonos constantemente a la página del libro, eso este segundo parcial a cambiado, hemos preguntado poco, pero lo poco que hemos preguntado se nos ha contestado, y ellos también han aprendido la lección porque creo que se han dado cuenta que poniendo exámenes así con un número tan limitadito de aprobados se da a entender que el problema es del departamento y no de los alumnos, no somos el peor curso de su historia, no, porque sino, habríamos suspendido todas las demás asignaturas.
Si otros pudieron, nosotros también. ¡Baaannsaaaiii!

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #630 en: 18 de Mayo de 2012, 22:52:16 pm »
Bueno, a ver qué tal se portan... esperemos salir de esta.


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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #631 en: 18 de Mayo de 2012, 22:54:18 pm »
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Bueno, a ver qué tal se portan... esperemos salir de esta.



Yo, así en este plan, también me presento hasta  a Penal  :)

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #632 en: 19 de Mayo de 2012, 01:19:54 am »
hola,
en la recopilación de preguntas tengo algunas que me parece que son otra respuesta voy a ponerlas y si alguien tiene un momentillo para comprobarlo... y lo miramos

29A-62B-207A-209C-291B-284B-306B-311B-298B-306B-311B-324B-326B-402D-406B

la 75 yo también creo que es la C

un saludo a todos


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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #633 en: 19 de Mayo de 2012, 09:39:42 am »
la PEC comienza a las 10:00, 09:00 en canarias, alguien la va a realizar?

Desconectado leiorgar

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #634 en: 19 de Mayo de 2012, 09:40:41 am »
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la PEC comienza a las 10:00, 09:00 en canarias, alguien la va a realizar?

Hola, yo también la voy a realizar ahora.... Pero veo que lo llevo muuuuyyyy verde
A nadie le faltan fuerzas; lo que a muchísimos les falta es voluntad. Víctor Hugo

Desconectado irene18096

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #635 en: 19 de Mayo de 2012, 09:45:42 am »
Hola!.
Yo también la voy a realizar, hay un hilo donde podemos comentar la Pec:

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Mucha suerte a todos!

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #636 en: 19 de Mayo de 2012, 19:24:29 pm »
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hola,
en la recopilación de preguntas tengo algunas que me parece que son otra respuesta voy a ponerlas y si alguien tiene un momentillo para comprobarlo... y lo miramos

29A-62B-207A-209C-291B-284B-306B-311B-298B-306B-311B-324B-326B-402D-406B

la 75 yo también creo que es la C

un saludo a todos

Yo te contesto Analisa y, así me sirve de ayuda

La pregunta 29 tienes razón es la A, la respuesta art. 33.7 b) Cp

La pregunta 62 está bien, es la D, pues una Fundación, sea con o sin ánimo de lucro es una persona jurídica. El mismo art. es el aplicable. La suspensión temporal también puede ser decretada, si bien es una pena, no una medida accesoria. Se puede "dar" una medida cautelar mientras dura el procedimiento.

La 75 también está bien, pues la C dice que a los inimputables y semiimputables peligrosos, en el primer caso no es necesario que sea peligros para aplicar la medida, por ello que la opción correcta sea la B, porque la medida de seguridad cubre "la exención de la responsabilidad penal" en la parte en que quede exento, si se trata de un inimputable, pues es al total de la pena, ya que no se le reprocha la conducta, y si es a un semiimputable, la parte vicarial que corresponde a la medida de seguridad también es porque está exento de responsabilidad penal.

La 207 está marcada la A

La 209 está bien, es la B, ¿has leído la página y el art. del Cp?

La 284 es la B, lee la página 932 respecto a las medidas no privativas de libertad que se pueden imponer, como es el caso de la libertad vigilada, así como el art. 106.1.e) Cp

La 291 también es la A, si fuese la B sería una medida cautelar mientras dura el juicio. Están bien los art. que han puesto las compañeras.

La 298 también está bien, los delitos de lesa humanidad, genocidio y los delitos contra las personas y los bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los castigados en el art. 614 Cp (prescripción tratados internacionales) son "imprescriptibles" (art. 131.4 Cp)

La 306 tienes razón es la B. En el documento está puesta la opción C, si bien no es correcta puesto que en la página 871 del manual se recoge en el penúltimo párrafo que es de letra pequeña "la subida de al menos un grado y potestativamente de dos".

La 311 está bien; la localización permanente es para las faltas y el arresto de fin de semana hace ya algunos años que se quitó por la responsabilidad penal subsidiaria. Mira, no obstante, la página 840 del manual, respecto de la conversión, cuando la multa ha sido impuesta por la comisión de un delito se puede convertir en trabajos en beneficio de la comunidad si así lo solicita el penado y no quiere ingresar en prisión.

La 324 tienes razón, la correcta es la B, art. 131.1 Cp

La 326  tienes razón, la correcta es la B, página 976 manual y art. 128 Cp, "la imposición del comiso está presidida por el principio de proporcionalidad", es la respuesta correcta que es lo que preguntan

La 402 es correcta, las tres opciones que dan están recogidas en la Parte General del CP, no en la Parte Especial, diferente es que el tipo conlleve la pena, multa o inhabilitación, pero eso es en todo caso "específico" al delito de que se trate.

La 406 también creo que está bien, ¿porqué la B? Es una clase de pena, no un delito, y puede ser principal o accesoria respecto del delito que se haya cometido, por eso no cuadran las opciones, porque pone "delito", la opción C es absurda.

Bueno, creo que he terminado, gracias por el aporte de las que estaban mal, así las puedo corregir.

Desconectado monipeni

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #637 en: 19 de Mayo de 2012, 21:48:11 pm »
PREGUNTA 62... YO INTENTE PREGUNTARSELO AL PROFE...ESTO ES LO QUE ME DIJO


MI CONCLUSION ES QUE SI HA CAMBIADO TRAS LA LO DE 2010..LAS CONSECUENCIAS ACCESORIAS SON PENAS...Y UNA FUNDACION ES UNA PERSONA JURIRICA...LUEGO ENTONCES LA DISOLUCION ES UNA PENA... NO UNA MEDIDA ACCESORIA.

NO SERIA NINGUNA CORRECTA DE ESAS QUE APARECEN...QUE OPINAIS..ABAJO ESTA LA RESPUESTA.
Estimada Mónica:

Vamos por partes:

1) Tras la reforma de 2010, las consecuencias del art. 129 coinciden con las penas imponibles a las personas jurídicas del art. 33.7 CP pero con solo las previstas en los apartados c) a g) de dicho precepto. Algunas de esas consecuencias son iguales a las consecuencias accesorias del 129 CP anterior a la reforma de 2010.

2) Materialmente estas consecuencias del 129 CP son penas pues coinciden en su contenido, naturaleza y fundamento con las penas previstas en los a apartados c) a g) que se pueden imponer a las personas jurídicas a las que se refiere el art 31 bis CP. El problema es que como las entidades del 129 NO TIENEN PERSONALIDAD JURÍDICA no están incluidas en el art. 31 bis y por tanto formalmente no se puede considerar como entidades a las que se le puedan imponer penas directamente porque no pueden resultar penalmente responsables. Por eso las consecuencias del 129 aparecen como CONSECUENCIAS ACCESORIAS Y NO COMO PENAS anudadas a la pena que corresponda al autor del delito (lea la segunda parte del art. 129.1 CP), tal y como expresamente establece este precepto (aunque este extremo, la necesidad de que se condene al autor de los hechos, se puede interpretar en diversos sentidos -ver página 981).

3) Conclusión: materialmente son penas formalmente no lo son, no pueden imponer como tales a entidades que carecen de personalidad jurídica y a las que no se le pueden imponer penas al menos en un sentido formar (sí en un sentido material).

Podrá encontrar opiniones de autores que disientan de lo que acabo de exponer, como sucede con casi cualquier cuestión relacionada con el Derecho penal.

No sé si he conseguido aclarar  su duda al menos hacerle más compresible mi postura.

En cualquier caso yo no me liaría excesivamente con esta cuestión.

Un saludo,

Desconectado analisa

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #638 en: 19 de Mayo de 2012, 21:57:29 pm »
Gracias por mirarlo,
os envio los porqués haber que os parece

La 62 yo creo que es la b por la referencia que se hace en el art. 129 al 33.7 c y g
La 209 yo creo que es la c por el art. 111.2
La 291 creo que es la b por el art.33.7.g
La 306 creo que es la b para el delito masa y la c para el delito continuado no masa
La 311 creo que no puede ser la c porque la responsabilidad penal subsidiaria por impago de multa en caso de falta si puede cumplirse por trabajos en beneficio de la comunidad y localización permanente. Ya se que el arresto de fin de semana en el vigente cp no está regulada, precisamente por eso no puede cumplirse con esta pena.
La 402 creo que es la de porque tanto la prisión como la multa proporcional como la inhabilitación absoluta no son penas leves. Entonces es la d la correcta no?
La 406 la pena de localización permanete está prevista para los delitos graves y menos graves entonces la correcta es la d no?

Desconectado monipeni

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I (2º PARCIAL) 11/12
« Respuesta #639 en: 19 de Mayo de 2012, 22:46:54 pm »
y que dice el articulo 129 en referencia al 33 en relación a la pregunta 62...porque se puede decretar solo suspensión temporal??????????????????? dios que lio