Yo diría que no, hubiera puesto la "a".
Sería actio libera in causa si el delito cometido fuera el del robo que tenía pensado realizar.
Bueno, lo siento por Raul31 que puso según creo la D.
Como visto el examen que han puesto, estoy repasando minuciosamente el manual, os escribo la parte en la que el equipo docente "se posiciona" sobre la actio liber in causa.
No cabe duda de que, pese a que el Código se refiere al delito,
debemos interpretar este término en sentido amplio, de forma que abarca también las faltas. Por supuesto, el delito que el sujeto tenía el propósito de cometer o cuya comisión había previsto o debido prever es el delito
concretamente realizado por el sujeto, no cualquier delito que se pueda cometer en el estado de inimputabilidad, de forma que, en cuanto no fuese el perseguido por el sujeto ni uno previsto o que podía prever, sí sería aplicable la eximente.Ej. 21.25: Jesús L. quiere cometer un delito de hurto, bebiendo para perder su inhibición. Sin embargo, al encontrarse en estado de embriaguez, discute con su esposa Paula y termina agrediéndola por primera vez en sus largos años de relación.Solución: A