"Los alumnos que se hubieran inscritos en estudios universitarios conducentes a la obtención de títulos de Derecho cuando la Ley 34/2006 de 30 de octubre se publicó en BOE, no estarán obligados a la obtención de los títulos profesionales para el ejercicio colegiado, es decir, superar un máster obligatorio y un examen posterior. Estos estudiantes tendrán un plazo de dos años para colegiarse a partir de la obtención del título de Licenciado en Derecho".
Aunque a la mayoría de estudiantes de la U.N.E.D creo que no nos perjudicará resulta que:
- Quien empezó la carrera en 2007 y ha ido a curso por año no se puede colegiar.
- Quien empezó años antes y tarda mucho más en acabar si podrá hacerlo.
Vamos, que l@s más tardon@s tendremos premio. A priori, parece bastante injusto, y eso que me beneficia.