Si tengo que explicar el cómputo del parentesco, creo que me da algo, lo entiendo, pero no se explicarlo, creo que armaria un pitote ..... contigo no bicho!!!!
Creo que esa no me la estudio
Hola.
A ver si te vale este resumen (lo he redactado especialmente para ti, ¡eh!)

Numerosas disposiciones requieren conocer con exactitud cuales son las generaciones o grados que otorgan derechos y establecen obligaciones en relación con determinados parientes:
Las prohibiciones matrimoniales; la obligación de alimentos; los derechos sucesorios o hereditarios.
En cuanto los grados de parentesco se cuentan como primer, segundo, tercer, cuarto…grado.
Las líneas son, ascendiente: padre, abuelo, bisabuelo… y descendiente: hijo, nieto, bisnieto.
En la línea colateral se empieza contando a los hermanos, primos hermanos, primos segundos, tíos y sobrinos.
En las líneas se cuentan tantos grados como generaciones o como personas, descontando la persona que constituye el punto de partida del cómputo.
Las mismas reglas del cómputo han de adaptarse al cómputo del parentesco por afinidad.
Un saludo.