Muy buenas a todos y gracias por vuestras respuestas.
Lo primero de todo, comentaros que tendría que haber comenzado diciendo que el Reglamento es el 456/2011 que es el Reglamento de destinos para el personal militar (yo lo soy). En el art. 18.1, señala que el que hubiera perdido las condiciones psicofísicas (algún tipo de minusvalía), puede solicitar que le habiliten una vacante en el término municipal que el decida.
Hasta ahí todo bien, pero en mi caso, creo que estoy mezclando churras con merinas, y me explico:
Como en el estamento militar, no se nos llama discapacitados (yo tengo el 33%), no se nos aplica la ley 51/03 sobre el personal discapacitado.
La ley orgánica 39/07(del personal militar), sólo se refiere al colectivo de "personal con pérdida de condiciones psicofísicas", diciendo que el que resulte no apto en el tribunal médico, pasará a retiro (es decir que no trabaja para la empresa), sin embargo, crean una posición intermedia que la llaman aptos con limitación de destinos, y esa posición intermedia, no ha sido desarrollada por ningún tipo de normativa.
Que ocurre, que a los que somos de este colectivo, nos piden lo mismo que al resto para todo, incluso pasar las pruebas físicas, que yo por mi minusvalía, no puedo.
Así mismo, como no paso las pruebas físicas, me restan puntos para el ascenso. De esta manera llevo una serie de años, en la que no asciendo, entre otras cosas, porque no paso las pruebas físicas.
En base al art. 18.1 del Reglamento 456/2011, se desarrolla una instrucción en la que se señala que todo aquél que resulte no apto en el reconocimiento médico para las pruebas físicas (como es mi caso), se le convalidarán por las últimas que pasó.
Ahí es donde estaba mi duda, estoy esperando a recibir las últimas pruebas superadas y haré una instancia, solicitando, que me las consideren superadas en el año en curso y retroactivamente al año de la lesión.
Entiendo de esta manera, que si así fuese, podría recuperar la antiguedad que tenía en el momento de la lesión, y solicitar de esta manera el lucro cesante que he dejado de percibir por haber estado retenido en el empleo.
No se si me he explicado claramente, pero he intentado describirlo de la manera más clara posible.
Gracias de nuevo por vuestros comentarios.
Un saludo.
sacatapon