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Autor Tema: Huelga  (Leído 1288 veces)

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Desconectado rubianeli

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Huelga
« en: 28 de Marzo de 2012, 15:39:09 pm »
Puede un trabajador con contrato temporal ir a la huelga, o solo es para los trabajadores fijos?


Desconectado palangana

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Re:Huelga
« Respuesta #1 en: 28 de Marzo de 2012, 15:52:43 pm »
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Puede un trabajador con contrato temporal ir a la huelga, o solo es para los trabajadores fijos?

Puede. Se trata de un derecho fundamental constitucional.

Otra cosa es que renueve...

Un saludo cordial.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado rubianeli

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Re:Huelga
« Respuesta #2 en: 28 de Marzo de 2012, 16:14:34 pm »
A ver, el caso es complejo.

Me han cesado en el trabajo en fecha 28 de marzo ( hoy mismo )', y me han dicho que como voy a estar de baja en seguridad social el día 29 de marzo , que solo puedo trabajar hasta las doce de la noche del dia 28 y que desde ese momento se debe incorporar el compañero al que estaba sustituyendo, y como encima cae en la huelga, pues tengo un buen lío en la cabeza.

Como lo veis ?

Desconectado Alfmonti

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Re:Huelga
« Respuesta #3 en: 28 de Marzo de 2012, 18:18:32 pm »
Siento tu despido.

Como te dice Palangana, la huelga es un derecho fundamental recogido en la Constitución en el art. 28 y puede ejercerlo cualquier trabajador. Tu caso no es si puedes o no ejercer el derecho a la huelga, tu caso es que ese día no eres trabajador y te encuentras en lo que se denomina "Situación Legal de Desempleo". Contra esta situación puedes ejercitar dos tipos de recursos:

1º En 20 días ante Jurisdicción y el Organismo de Conciliación de tu Comunidad para reclamaciones contra el despido.
2º En 1 año si estimas que el finiquito no es conforme por las cantidades que creas que te deben. Para ello debes firmar el finiquito con la expresión "No conforme por..." y poner la causa. Si firmas el finiquito conforme, en principio no podrás reclamar y la relación laboral estará terminada.

Una vez firmado el finiquito, se terminó el contrato laboral, salvo nulidad del despido declarada judicialmente...

Lo siguiente que tienes que hacer es inscribirte en el Paro y pedir la prestación que te corresponda. No lo dejes pasar porque hay 15 días para hacerlo o perderás parte de la prestación.

Saludos y mucho ánimo...