;

Autor Tema: Grabar conversaciones de manera oculta en el puesto de trabajo.  (Leído 5500 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado grey wolf

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 4
  • Registro: 21/05/12
  • www.uned-derecho.com
Grabar conversaciones de manera oculta en el puesto de trabajo.
« en: 24 de Mayo de 2012, 17:58:45 pm »
Hola a tod@s.

Aprovecho la ocasión para presentarme en este foro. Espero matricularme para el próximo curso en el grado de derecho, motivo por el cual "navego" por este foro que veo tan interesante. Espero aprender mucho de todos vosotros.

A continuación os planteo un caso que se me acaba de dar. Un compañero de trabajo ha estado grabando conversaciones de manera oculta, de 6 personas que estamos en la misma dependencia. ¿Esto se puede hacer?, ¿se puede tomar alguna medida legal contra este tipo de grabaciones?.
Muchas gracias por vuestra atención.

Un saludo.


Desconectado ictiocentauro

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 398
  • Registro: 02/10/08
Re:Grabar conversaciones de manera oculta en el puesto de trabajo.
« Respuesta #1 en: 26 de Mayo de 2012, 02:44:50 am »
Si el que graba es parte de la conversación no supone ilícito alguno, salvo que lo haga para descubrir secretos o vulnerar la intimidad de otro, pero si no es parte en la conversación estará vulnerando un derecho fundamental, reconocido en el artículo 18.3 de la Constitución que implicará la comisión de un delito previsto en art. 197 del código penal (claramente sobre el asunto STC 114/1984 de 29 de noviembre de 1984). Contra dicha actuación puedes interponer denuncia o querella.

Saludos.

Desconectado grey wolf

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 4
  • Registro: 21/05/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Grabar conversaciones de manera oculta en el puesto de trabajo.
« Respuesta #2 en: 26 de Mayo de 2012, 18:53:35 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Si el que graba es parte de la conversación no supone ilícito alguno, salvo que lo haga para descubrir secretos o vulnerar la intimidad de otro, pero si no es parte en la conversación estará vulnerando un derecho fundamental, reconocido en el artículo 18.3 de la Constitución que implicará la comisión de un delito previsto en art. 197 del código penal (claramente sobre el asunto STC 114/1984 de 29 de noviembre de 1984). Contra dicha actuación puedes interponer denuncia o querella.

Saludos.

Muchas gracias por tu respuesta. En concreto en este caso, las grabaciones no son parte de una conversación.
Muchas gracias de nuevo por atenderme.
Saludos.

Desconectado Esgrimidor

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 1127
  • Registro: 28/03/10
Re:Grabar conversaciones de manera oculta en el puesto de trabajo.
« Respuesta #3 en: 14 de Junio de 2012, 02:15:14 am »
Estoy de acuerdo con Ictiocentauro.
Si no interviene en la conversación es espionaje, ya que no dice que está grabando.
El caso más impositivo es el habitual de grabación con aviso al cliente en una locución automatizada que lo anuncia. Ahí el que graba no es el que habla. Y lo hace con motivos normalmente de seguridad de lo hablado